Miércoles 5 de febrero de 2020, p. 4
Senadores de PRD y PT consideraron necesario que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) envíe al Congreso una iniciativa de ley para clarificar los supuestos en que aplicaría la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que redujo las pensiones de 25 a 10 salarios mínimos para las personas que se ampararon, buscando beneficiarse con la ley de 1997, cuando se pensionaron con base en la de 1973.
Miguel Ángel Mancera, coordinador de los senadores del PRD, precisó: primero, hay que tener claro que no es una determinación general, es para un caso específico. Sólo sería aplicable en el supuesto en el que hubiera un litigio donde lo estuviera exigiendo así el Seguro Social
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Manifestó que es una determinación que se utilizaría en los juzgados si hubiera un conflicto entre un trabajador y el Seguro Social, pero si el IMSS no la pretende usar, quiere decir que no va a ir a los litigios con los asalariados
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La coordinadora de los senadores del PT, Geovanna Bañuelos, en entrevista señaló que, según las declaraciones del director del IMSS, Zoé Robledo, parece que hay una mala interpretación, que se está tergiversando la información y ojalá que así sea, porque la decisión que adoptó la Corte no es de aplicación general y los pensionados no tienen por qué preocuparse del monto que les corresponde
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Por su parte, el vicepresidente de la Confederación de Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores de la República Mexicana, Jorge Herrera Ireta, así como Pablo Franco, presidente de la Unión Nacional de Juristas, consideraron que a pesar de que el IMSS aclaró que no aplicará la jurisprudencia que limita a 10 minisalarios las pensiones de los trabajadores bajo la Ley del IMSS de 1973, la Suprema Corte aún debe especificar el alcance de dicha tesis, ya que puede atar de manos
a los trabajadores que intenten promover juicios al considerar que sus cotizaciones estuvieron mal hechas.
Aseguró que son comunes los casos de este tipo, por lo que la jurisprudencia puede disuadir a miles de trabajadores a demandar ante el riesgo de ver limitadas sus pensiones por un juzgador, que establezca un máximo 10 salarios mínimos.