Política
Ver día anteriorMiércoles 5 de febrero de 2020Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Exigen diputados reforma que garantice un retiro laboral digno

En la 62 Legislatura se congeló una iniciativa por acuerdo con Peña Nieto: Alonso Raya

 
Periódico La Jornada
Miércoles 5 de febrero de 2020, p. 4

Una reforma al sistema de pensiones se planteó desde el sexenio pasado, que congeló un grupo de trabajo que se abrió en el Senado, por acuerdo de la 62 Legislatura del Congreso y el gobierno de Enrique Peña Nieto.

En las cámaras de Diputados y Senadores se han presentado iniciativas para resolver la presión financiera que representan las pensiones, e incluso en 2016 el PVEM anunció una reforma con el fin de que los trabajadores asumieran la responsabilidad de garantizarse un retiro digno.

El ex diputado Miguel Alonso Raya señaló que la reforma de 1997 fue un engaño: las administradoras de fondos para el retiro (Afore) sólo son un sistema de ahorro; al retirarse, los trabajadores deben comprar un seguro de renta vitalicia y las empresas registran a sus empleados con un salario menor, lo que reduce el monto de sus cuentas.

Recordó que las Afore no tienen obligación legal de otorgar una pensión, sino que sólo invierten los ahorros de los trabajadores y deben procurar que tengan rendimiento, pero aun así millones de asalariados no reunirán lo suficiente para obtener una pensión mínima garantizada.

Dolores Padierna Luna (Morena), vicepresidenta de la cámara, afirmó que en el reciente fallo de la Suprema Corte sólo se pronuncia sobre algunas demandas de trabajadores que pertenecen a la generación de transición.

En ese tenor, agregó, no existe un recorte a las pensiones y recordó que en años anteriores el Instituto Mexicano del Seguro Social ha precisado que se trata de un criterio jurídico aplicable a los jueces en el caso de demandas específicas, es decir, no es de aplicación general.

Sin embargo, la diputada Martha Tagle (MC) consideró que sí existe un daño a los trabajadores, porque el artículo 25 transitorio del decreto de la Ley del Seguro Social de 1995 establece con toda claridad que para la pensión por invalidez, cesantía en edad avanzada, vejez y muerte, el tope para las pensiones es de hasta 25 salarios mínimos, hoy unidades de medida y actualización (UMA).

Al reducir a un máximo de 10 tiene un efecto contra la denominada generación de transición, pero también consideró necesario revisar el sistema de pensiones, a partir del principio en favor de la persona, determinar el tope en salarios mínimos y no en UMA y señaló que si bien la resolución de la Corte no es responsabilidad del actual gobierno, éste debe impulsar una propuesta que garantice un retiro laboral digno.