La SCJN impide cualquier intromisión externa
En Aguascalientes, BCS, Edomex, Nayarit y Sinaloa pretenden modificar leyes orgánicas
Martes 19 de noviembre de 2019, p. 36
Aun cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya definió los alcances de la autonomía universitaria
para resguardarla de alguna intromisión externa, crecen los intentos legislativos en los gobiernos estatales e iniciativas ciudadanas
en un intento por injerir en su funcionamiento, e incluso en la designación de sus autoridades.
Las universidades autónomas de los estados de Sinaloa, Aguascalientes, estado de México, Baja California Sur y Nayarit, enfrentan iniciativas de reforma legislativa que buscan modificar su respectiva ley orgánica; modificar la conformación de sus juntas de Gobierno, y crear órganos internos de control, cuyos integrantes serían nombrados por el mismo Poder Legislativo local, situaciones que violentan su autonomía.
En tanto, los consejos universitarios de al menos otras siete casas de estudio han manifestado públicamente, a través de diversos pronunciamientos, su rechazo enérgico a esa pretensión y exigiendo a los legisladores que respeten el texto constitucional y lo referente a las funciones sustantivas asignadas a las universidades públicas. En varios de estas entidades, sus comunidades universitarias han marchado en defensa de su autonomía.
En este año, la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (Anuies) se ha expresado ya en tres ocasiones, en contra de estas iniciativas de los gobiernos o congresos locales.
Incluso, ha señalado que esta pretendida injerencia se ha dado bajo el falso argumento de establecer un andamiaje constitucional y estatal del sistema nacional anticorrupción, ignorando con ello la naturaleza jurídica de estas instituciones de educación superior y de los procesos de fiscalización a las que son sometidas por el ejercicio de los recursos públicos que reciben.
Ante esta pretensión, cobra especial importancia la resolución de la segunda sala de la SCJN, del 3 de octubre de 2018, en la que se confirmó la resolución de amparo de un juez de distrito concedido a la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo para evitar que, mediante una modificación a la ley orgánica de ésta, se impusiera la figura del Órgano Interno de Control, nombrado por el Congreso estatal.
En esta resolución, el máximo tribunal de justicia de la nación señala que el principio constitucional de la autonomía universitaria, en su vertiente de forma de gobierno, inhibe cualquier posibilidad de que autoridades externas a la universidad se conviertan en revisoras, veedoras, controladoras o fiscalizadoras del quehacer universitario, porque de lo contrario se pondría en riesgo el contenido del derecho fundamental y humano a la educación superior, entre otros
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Esta autonomía también reconoce a las universidades su facultad de organizarse internamente y a sus gobiernos, la distribución interna de los recursos financieros y la generación de ingresos de fuentes no públicas, así como la forma en que administrarán sus patrimonios.