Respondía a lucha de apicultores
Miércoles 14 de agosto de 2019, p. 32
El decreto del gobierno de Yucatán que desde 2016 declaró a ese estado zona libre de organismos genéticamente modificados (OGM) fue invalidado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Por mayoría de nueve votos, el pleno de ministros consideró que con ese decreto Yucatán había invadido las atribuciones exclusivas de la Federación, contenidas en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM).
El decreto 418/2016, invalidado por la Corte, se emitió luego de las protestas de comunidades indígenas de apicultores, quienes denunciaron por años que los cultivos de OGM, fundamentalmente soya, requerían del glifosato, herbicida que estaba afectando a las abejas nativas de la península.
Además, explicaban que la soya transgénica tomó el carácter de monocultivo en la península, lo que deterioró la biodiversidad de la región.
Sin embargo, la mayoría de los ministros de la SCJN consideró que declarar zonas libres de OMG es una facultad exclusiva de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, según el artículo 90 de la LBOGM.
El ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, votó con la mayoría luego de señalar que por importante que sea un tema, esto no da atribuciones a un gobernador: Me parece que es extraordinariamente serio este tema, pero que un tema sea serio o sea grave, no da competencia a un gobernador para poder tomar medidas como ésta
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Con la minoría votó la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien recordó el antecedente del amparo 499/2015 votado en la segunda sala de la Corte, donde se reconocieron los efectos nocivos del glifosato; en ese caso se falló en favor de las comunidades indígenas de Yucatán que no fueron consultadas para permitir el uso de OGM que afectaban a sus abejas y contaminaban su miel.
No obstante, la Corte aceptó que hay que reparar las omisiones en este caso y aprobó entre los efectos de su fallo incluir un exhorto al gobierno federal para que responda a las peticiones de las comunidades de Yucatán. El ministro Zaldívar explicó: Creo que tiene su peso constitucional y político que el tribunal constitucional del país haga una exhortación en estos términos, sin prejuzgar sobre el sentido ni en qué términos, simplemente para que no haya este vacío, esta omisión
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Sobre el fallo, el Colectivo Ma OGM, que impulsó entre la sociedad civil el decreto invalidado por la Corte, consideró lamentable la decisión de los ministros.
Luis Arturo Carrillo Sánchez, coordinador de comunicación de esa organización, explicó que el decreto 418/2016 no surgió del deseo del anterior gobernador de Yucatán, sino que fue un logro de la población de ese estado, y una acción necesaria ante la falta de respuesta del gobierno federal.
Añadió que el fallo de la SCJN demuestra que la LBOGM “es la ley Monsanto, ahora ley Bayer Monsanto, hecha para servir a los intereses de las trasnacionales y no de los productores, no de los consumidores, no de la población en general, sino a los intereses comerciales de esos grandes consorcios”.
Al respecto, Ximena Ramos, directora regional del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, consideró que pese a la decisión de la SCJN, el exhorto para que el gobierno federal atienda este problema no es suficiente, pero es un buen mensaje.