Sábado 12 de enero de 2019, p. 28
A partir del primero de febrero los montos por multas de tránsito, sanciones administrativas y penales, se incrementarán, ya que tuvieron un ajuste de 3.89 pesos, el cual estableció el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en el valor de la unidad de medida y actualización (UMA), que pasará de 80.60 a 84.49 pesos.
Con dicho ajuste la sanción mínima por no respetar los límites de velocidad o la luz roja del semáforo es de 806 pesos, y la máxima de mil 612 prevista en el Reglamento de Tránsito; invadir el paso peatonal o espacios de espera para ciclistas y motociclistas en intercepciones, estacionarse en banquetas y vías para esos vehículos, así como no portar licencia vigente de conducir irá de 844.90 a mil 689.80 pesos.
No cubrir la cuota en zona de parquímetros o rebasar el tiempo pagado, que tiene una sanción mínima de 403 pesos y una máxima de 806, aumentará, respectivamente, a 422.45 y 844.90 pesos. Detener el vehículo en lugar restringido, rebasar a otro auto que se detuvo para ceder el paso a peatones y circular sobre carriles exclusivos para transporte público, cuya multa actual es entre mil 612 a 2 mil 418 pesos, subirá de mil 689.8 a 2 mil 534.7 pesos.
La manipulación de teléfonos celulares y otros dispositivos mientras se conduce, que era entre 2 mil 418 a 2 mil 821 pesos la infracción, pasará de 2 mil 537.10 a 2 mil 957.15 pesos, mientras que la sanción mínima por no contar con seguro por daños a terceros en su persona y su patrimonio aumentará de mil 612 a mil 689.80 pesos y la máxima de 3 mil 264 a 3 mil 379.60 pesos
De igual manera se incrementarán las multas previstas en la Ley de Justicia Cívica, como desperdiciar agua, que tiene una sanción que va de mil 692.6 a 3 mil 224 pesos, y se actualizará de mil 774.29 a 3 mil 379.60 pesos.
No recoger las heces fecales de animales de compañía, tirar basura en la vía pública, grafitear fachadas de inmuebles públicos o privados, así como monumentos y mobiliario urbano, con el ajuste tendrá una sanción mínima de 929.39 pesos y una máxima de mil 612.80, mientras que ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos y no autorizados tendrá una sanción de mil 698.80 a mil 774.29 pesos.
Por obstruir la vía pública o hacer uso de ella sin autorización ni causa justificada –que es la que se aplica a las personas remitidas por comercio informal– y que va de 886.6 a 2 mil 418 pesos, pasará de 929.39 a 2 mil 534.70.