Economía
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Gobiernos estatales dejarán de recibir recursos por pago de derechos mineros
 
Periódico La Jornada
Martes 18 de diciembre de 2018, p. 21

A partir del año próximo, si lo aprueba el Congreso, el pago de derechos que hacen los concesionarios de minas dejarán de ser parte de la recaudación federal participable, referida a todos los recursos que recibe el gobierno federal y que después reparte a estados y municipios, ya que se pretende asignarlos directamente a la Secretaría de Economía (SE), de acuerdo con el Proyecto de Ingresos de la Federación 2019.

Además, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) prevé otorgar un estímulo fiscal a las mineras, cuyas disposiciones emitirá posteriormente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que podrán efectuarse contra el pago puntual que hagan del impuesto sobre la renta (ISR).

Dicho estímulo se relaciona con el pago del derecho especial sobre minería que esas empresas comenzaron a cubrir desde el sexenio de Enrique Peña Nieto y que equivale a 7.5 por ciento de sus ganancias o utilidades (ingresos menos impuestos).

Sin embargo, el proyecto de ley acota que el beneficio fiscal se otorgará únicamente a los titulares de concesiones y asignaciones mineras cuyos ingresos brutos anuales por venta o enajenación de minerales y sustancias a que se refiere la Ley Minera sean menores a 50 millones de pesos.

Agrega que las personas físicas que trabajan en la industria minera del sector podrán pagar una tasa de sólo 8 por ciento del impuesto al valor agregado (IVA) y no de 16 que cubren todos, en caso de que opten por tributar mediante el Régimen de Incorporación Fiscal.

El documento determina que la Secretaría de Economía (SE) quedará a cargo del Fondo para el Desarrollo de Zonas de Producción Minera, creado originalmente en el sexenio pasado pero bajo el nombre de Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros, que estaba a cargo de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu).

Los recursos federales que nutren dicho fondo provienen de los pagos establecidos en los artículos 268, 269 y 270 de la Ley Federal de Derechos, en los que se fija la tasa referida de 7.5 por ciento por explotación de minas, así como la tasa de 0.5 por ciento sobre sus ventas, que sólo se fijó para las empresas que tienen socavones de oro, plata y platino.

El gobierno actual consideró necesario modificar el diseño y aplicación de dicho fondo, y la SE deberá constituir un vehículo financiero en la banca de desarrollo para administrar los recursos.

También queda obligada a diseñar, asignar e implementar proyectos de desarrollo para las comunidades mineras y aledañas, para que la población que vive en las regiones del país donde se llevan a cabo actividades mineras sea partícipe directa de los beneficios generados por dicha industria.