Alegatos no proceden
Jueves 22 de noviembre de 2018, p. 17
La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó ayer la cancelación del registro del partido Nueva Alianza (Panal) por no haber obtenido en la contienda del pasado primero de julio el número mínimo de votos que exige la ley.
Por unanimidad, los magistrados del TEPJF desestimaron los argumentos de esa organización en contra de la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE). En los alegatos, la representación del Panal mencionó que cuando se constituyó hace 13 años la ley marcaba la conservación del registro si se obtenía al menos 2 por ciento de la votación y no el 3, como dicta ahora la norma .
Este partido fue impulsado en 2005 por la entonces dirigente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Elba Esther Gordillo.
En el proyecto elaborado por el magistrado Indalfer Infante se declararon infundados los alegatos anteriores así como aquellos acerca de que el INE no tomó en consideración los votos obtenidos en la alianza en la que participó el Panal en la elección de julio (con el PRI y el Partido Verde); también se desechó el argumento de que con la desaparición del Panal se afecta también la democracia y la pluralidad política-partidista, en especial para los llamados partidos chicos
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