21 de julio de 2018     Número 130

Directora General: CARMEN LIRA SAADE
Director Fundador: CARLOS PAYAN VELVER

Suplemento Informativo de La Jornada

La ofensiva contra las asambleas


En los hechos, la asamblea es la barrera contra políticas de despojo de tierra y recursos
naturales a pueblos indígenas y campesinos FOTOS: Miguel Ángel Mijangos

Guadalupe Espinoza Saucedo

En los más de 30 mil núcleos agrarios del país, sean ejidos o comunidades agrarias, se celebran asambleas ejidales o comunales, que son el máximo órgano de decisión por ley, reconocidas así por los campesinos. Por su propia naturaleza, la asamblea es un espacio plural, deliberativo y democrático, que en los hechos es la barrera o baluarte contra las políticas privatizadoras y que despojan de la tierra y recursos naturales a los pueblos indígenas y campesinos.

En los porqués de la reforma al artículo 27 constitucional por Carlos Salinas de Gortari en el año de 1992, que marcó una nueva era en el derecho agrario y que metió la tierra al mercado como mercancía, se decía que con dicha reforma y consecuentemente con la expedición de la Ley Agraria se trataba de llevar seguridad jurídica al campo mexicano, pero también autonomía y libertad. En este tenor, el artículo 23 de la Ley Agraria refiere que: “Serán de competencia exclusiva de la asamblea los siguientes asuntos” y enumera XV fracciones. De las cuales las primeras 6 y la 15 serán asambleas simples y de la séptima a la catorce serán asambleas duras.

Las asambleas duras como asuntos de enorme trascendencia para el núcleo agrario, que por lo regular tienen que ver con el destino de las tierras de los mismos y la continuidad como poblado. En cambio, las asambleas simples son más sencillas de realizarse, no requieren de mayores formalidades a diferencia de las asambleas duras, que necesitan ciertos tiempos para la expedición de las convocatorias, la cantidad de quórum para sesionar, y cierto número de votos para sacar los acuerdos y la presencia de un representante de la Procuraduría Agraria y un fedatario público.

El haberles reconocido autonomía y libertad a los ejidos y comunidades fue un hecho muy importante, significaba quitarles la tutela del Estado, que muchas de las veces los movilizó con fines políticos a su conveniencia, sobre todo del priismo. Y si bien el reparto agrario fue una conquista de los campesinos e indígenas en la revolución de 1910 cristalizada en la Constitución de 1917 en los hechos los rústicos la vieron como un favor del Estado y no como un derecho, claro, hay sus excepciones.

El problema, creo, es que no se entendió la reforma salinista al artículo 27 constitucional pues en el ambiente y en el imaginario campesino se creyó que tenían permiso legal, ahora sí, para vender sus tierras. Y esto jugó y lo sigue jugando un papel muy importante. La Procuraduría Agraria, institución con fines nobles, en la práctica y en los hechos se dedicó a operar la reforma neoliberal con la instrumentación del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos (Procede), Fondo de Apoyo a Núcleos Agrarios sin Regularizar (FANAR) y ahora Programa de Regularización y Registro de Actos Jurídicos Agrarios (RRAJA), pues la reforma al artículo 27 y la consecuente expedición de la legislación agraria no eran suficientes para que el campo se transformara como lo querían sus instrumentadores, hacía falta materializarla, es decir, que se parcelaran la tierras y se midieran los solares y eso hizo la Procuraduría Agraria, el brazo del Estado metido hasta el lugar más recóndito de la geografía mexicana. Aunado al hecho de asesorar a los empresarios e inversionistas, de decirles cómo salvar los escollos que la Ley Agraria todavía tiene como reminiscencia proteger la propiedad social.


Reconocer la autonomía y libertad a los ejidos y comunidades fue un hecho muy importante

El Procede fue aplicado por Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo y por Vicente Fox. El FANAR fue el programa de Felipe Calderón y el RRAJA de Enrique Peña Nieto, todos con el mismo objetivo de certificar la tierra de los ejidos y comunidades agrarias y meterlas al mercado; más que llevar seguridad jurídica a los sujetos agrarios, se trataba de dárselas a los empresarios y a los inversionistas en este modelo de economía, porque antes de la reforma de 1992 la tierra era inalienable, imprescriptible e inembargable, es decir, estaba protegida por ley, por lo que los núcleos agrarios que aún no se han certificado siguen teniendo ese carácter, de ahí la urgencia de aplicarles el RRAJA.

Como ya lo mencioné, en los hechos la Procuraduría Agraria con la confianza y abusando de la ignorancia de los campesinos manipula las asambleas, al menos que haya liderazgos y asambleas fuertes que se opongan a la “verdad del ingeniero o licenciado” de esa institución, que por ley en las asambleas duras no se puede evitar su presencia, pero sí en sencillas o llamadas también blandas donde no es necesaria su asistencia para la validez de los acuerdos de asamblea.

Si los ejidos y comunidades hubieran tenido la claridad e información de lo peligroso que resultan el Procede, el FANAR y el RRAJA para la integridad de sus poblados y del tejido social pudieron haber rechazado esos programas, pues tenían y tienen autonomía y libertad, y por supuesto está el derecho a decir no.

¿Qué se tiene que hacer? ¿Qué tienen que hacer las asambleas ejidales y comunales? Rechazar los programas de gobierno nocivos para su integridad y permanencia, informarse, tener talleres de capacitación en la materia y asesores técnicos comprometidos con su realidad, que le apuesten al campo, que amen la ruralidad y la tengan como un horizonte de vida. En resumen, fortalecer las asambleas para que los proyectos de despojo no pasen y hacer uso de la autonomía agraria.

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