fantasmas
Jueves 8 de febrero de 2018, p. 21
Por tres votos contra dos, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el artículo 69-b del Código Fiscal de la Federación, que faculta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a integrar y difundir un listado de empresas que considere fantasmas
. Sin embargo, con el voto en contra de los ministros Arturo Zaldívar y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y la aprobación de los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Norma Lucía Piña Hernández y José Ramón Cossío Díaz, la primera sala concedió un amparo a la empresa Grupo Impulsor del Sur, para que un tribunal analice si es procedente que el SAT la retire del listado de empresas fantasma
. La compañía supuestamente pagaba la nómina de los trabajadores de la empresa Oceanografía (declarada en quiebra de 2016).