Las empleadas no pueden negociar sueldo, días de descanso u obligaciones
La supervisión de las condiciones en que laboran en los hogares sólo se hace en la imaginación
Domingo 24 de diciembre de 2017, p. 30
Las agencias empleadoras que colocan trabajadoras del hogar ofrecen principalmente personal que se ciñe a los horarios y necesidades del empleador. Después de preguntar qué días la necesitan, cuántas horas y para qué actividades, ofrecen precios.
En algunas, por ejemplo, por una persona que limpie, lave y planche cobran mil 950 pesos por laborar ocho horas un día a la semana durante un mes. El precio se eleva hasta 11 mil 700 pesos si son seis días a la semana.
Otros cobran hasta tres mil pesos sólo por conseguirla, y el pago para ellas es de aproximadamente 300 pesos por seis horas, aunque abren la posibilidad de que se quede una hora extra y señalan que realizan todas las actividades del hogar.
Cuando el solicitante acepta, existe la posibilidad de que entreviste a diversas candidatas. Si la agencia lo contempla puede proporcionar información sobre ellas, como sus datos personales recabados a partir de su acta de nacimiento y credencial oficial. Algunas empresas ofrecen resultados de exámenes sicométricos y sicológicos.
En este proceso a la trabajadora del hogar le indican el puesto que están solicitando, mismo que puede ser de recamarera, cocinera o persona de limpieza; el pago, los horarios, descansos y las condiciones de la familia. Pero no tiene injerencia real en cuanto a negociar directamente con quien la contrata, aun cuando sean de planta.
Lo que llaman contrato, donde no está representada la trabajadora ni se establecen sus derechos, responsabilidades o prestaciones, es firmado únicamente por el representante de la agencia y el solicitante.
En la mayoría de las empresas se ofrece que si los empleadores no se acomodan con la trabajadora en un lapso de dos meses o tres, pueden cambiarla hasta tres veces sin realizar otros pagos.
Testimonios recabados señalaron que las inspecciones a los hogares a donde habrán de trabajar casi nunca los realiza la agencia, tampoco todas cumplen con confirmar los datos de la trabajadora. De igual manera, no se cumple a cabalidad con los horarios pactados ni con las actividades ni con las condiciones de trabajo pues al llegar les asignan otras labores.
¿Qué dicen las utoridades?
José Ignacio Rubí Salazar, subsecretario de Prevención Social, de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, dijo en entrevista que este tipo de empresas están en una vigilancia estricta
por parte de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y de las locales.
La operación y el funcionamiento está regulado, normado y dichas agencias se tienen que ajustar a estas disposiciones de carácter normativo en donde se establece en qué condiciones pueden prestar el servicio y particularmente que esto no resulte oneroso en perjuicio de trabajadoras y trabajadores del hogar
. Añadió que dicha información se encuentra en el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadoras.
Un caso muy distinto se vive en Uruguay, nación que está a la vanguardia en los derechos de las trabajadoras del hogar; fue el primer país en ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que brinda protección a este sector de la población.
De acuerdo con Adela Antonia Sosa, secretaria general del Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas de esa nación, 80 por ciento de alrededor de las 120 mil empleadas que existen tiene seguridad social; el salario mínimo, por 44 horas semanales, es de 15 mil 611 pesos mexicanos, cuentan con aguinaldo, licencia y vacaciones.
También pueden reportar a su sindicato anomalías en sus espacios laborales, como incumplimiento de pago o si son víctimas de acoso, en estas situaciones el Ministerio del Trabajo realiza inspecciones en los hogares. Expresó que sólo tienen información de la existencia de dos agencias que colocan a trabajadoras del hogar y que acatan lo que establece la ley.