Protección de datos, única limitante
Miércoles 26 de abril de 2017, p. 5
En el caso de violaciones graves a los derechos humanos o delitos de lesa humanidad, el derecho de acceso a los expedientes penales debe estar garantizado, porque sólo así se favorece alcanzar el derecho a la verdad, consideraron especialistas al demandar máxima transparencia.
La única limitante legítima debería ser la protección de datos personales, pues casos como Tlatlaya o Ayotzinapa muestran que no hay afectación en las investigaciones, dijeron.
Durante un Foro sobre seguridad nacional y violaciones graves a derechos humanos, organizado por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), Denis González Núñez, coordinadora del Departamento de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana, subrayó una ley de seguridad interior implicaría ‘‘perpetrar la intervención castrense en tareas ajenas a su mandato’’.
A su vez, Carlos Dorantes, del Programa de Derecho a la Información de Artículo 19, citó casos en donde la autoridad ha sido reacia a la apertura informativa, pese a tratarse de casos graves de violaciones a derechos humanos, como son las fosas clandestinas.
‘‘Para sustentar el interés público hay que analizar si la apertura de las averiguaciones previas en la investigación de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa o en el caso Tlatlaya, realmente afectaron la procuración de justicia al ser desclasificadas, apuntó.
Al abundar en la iniciativa de ley de seguridad interior subrayó que la solución no es una ley que consolide la presencia de las fuerzas armadas en estas tareas, sino apostar a la vía civil mediante el fortalecimiento de las corporaciones policiacas.