Sábado 18 de febrero de 2017, p. 15
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social dijo que los empleados contratados por honorarios sí tienen derechos, en cuanto al horario y actividades asignadas, así como la acreditación de antigüedad y algunas prestaciones. Los trabajadores que se encuentran sujetos a un contrato civil denominado de prestación de servicios profesionales pueden acudir a las oficinas de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para recibir asesoría. Bajo la figura del trabajo por honorarios no existe un vínculo laboral entre las partes de dicho contrato, ya que no hay la subordinación como elemento distintivo
. Sin embargo, si el trabajador fue contratado por honorarios, tiene un horario fijo, recibe órdenes o instrucciones de un jefe superior inmediato, se encuentra desempeñando sus funciones en el lugar de adscripción fija, se habla de una relación de trabajo y tiene derecho a prestaciones
, informó la dependencia.