Señala que el INE no tiene facultad para evitar que promueva sus logros
Califica la decisión sobre el mandatario poblano de acto de censura previa
Sábado 17 de diciembre de 2016, p. 3
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) enmendó la plana a la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE), al revocar las medidas cautelares emitidas en contra del gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, por su aparición en un programa de Televisa y en un promocional de la revista Esquire, aduciendo que constituían un acto de censura previa.
Con ello, la sala superior del TEPJF dio la razón a Moreno Valle y a la televisora, propiedad de Emilio Azcárraga, que se quejaron de haber sido censurados. En el caso de Televisa, la determinación revertida de los consejeros José Roberto Ruiz Saldaña, Beatriz Galindo y Adriana Favela significó otro desencuentro con el instituto, que se han vuelto habituales en los recientes dos años.
En sesión privada, los magistrados de la sala superior consideraron ayer que el INE no tiene facultades para ordenar al mandatario poblano que se abstenga de promover sus logros ante los medios de comunicación, porque con ello restringe la libertad de expresión hacia el futuro.
Calificaron esta medida preventiva de acto de censura previa, ya que para estar en aptitud de determinar si existe o no abuso en el ejercicio de la libertad de expresión es necesario que se manifiesten en la realidad las ideas y opiniones que, en su caso, pueden ser sometidas a evaluación
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También determinaron que no era necesario ordenarle a Televisa suspender la difusión de la entrevista, concedida al periodista Joaquín López-Dóriga en el programa Chapultepec 18, en sus sitios de Internet.
Coincidieron en que se trata de un auténtico ejercicio periodístico, donde hubo un diálogo y se formularon cuestionamientos al mandatario panista.
Anoche aún no se había difundido la sentencia, pero un comunicado del tribunal alude a que en el documento se defiende el derecho de los medios de comunicación de adoptar posturas informativas o de opinión, susceptibles de poner en entredicho los acontecimientos ocurridos en la agenda política, económica, social o, como ocurre en el presente asunto, resaltar datos o información relacionada con servidores públicos
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Aseguraron que cuando en los programas televisivos se emiten entrevistas a servidores públicos, lo lógico es que se haga mención a sus actividades públicas, e incluso privadas, puesto que la actividad periodística pretende aportar una información exhaustiva y objetiva en torno al personaje que se presenta
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En otro tema, dieron marcha atrás a las medidas cautelares dictadas por la difusión de publicidad de la revista Esquire en favor del citado funcionario.
Desde su perspectiva, el contenido cuestionado no constituye un posicionamiento del gobernador y el promocional tampoco destaca la imagen del mandatario, quien sólo aparece de manera fragmentada durante cinco segundos.
Validan entrevistas a Vértigo y Cambio
Fue un día redondo para Moreno Valle, porque antes los magistrados sesionaron en público y confirmaron que éste no violó la ley por la difusión de su informe de labores en las revistas Vértigo y Cambio.
Cuatro magistrados validaron una sentencia emitida por la sala regional especializada, aduciendo que fue impugnada a destiempo por el Partido de la Revolución Democrática.