Se resolverá en el país una denuncia por daño moral contra la trasnacional
Se incrementa en tres años a 89 el número de procesos penales contra la empresa
Martes 3 de mayo de 2016, p. 6
Una sala civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México estableció un criterio jurídico que pone contra la pared a Google, pues determinó que la empresa puede ser demandada ante los tribunales mexicanos aunque su domicilio fiscal esté en Mountain View, California, Estados Unidos.
Al resolver que los tribunales mexicanos son competentes para resolver demandas civiles contra dicha firma, la octava sala civil determinó que una denuncia por daño moral interpuesta por el abogado Ulrich Richter contra la empresa por varios millones de dólares debe ser resuelta en México y no en los tribunales de Santa Clara, California, como quería la compañía de búsqueda de información por Internet.
Entre 2012 y 2015 las demandas civiles por daño moral presentadas en tribunales de la Ciudad de México contra la compañía fundada por Larry Page y Sergey Brin (ambos se conocieron en la Universidad de Stanford en 1995) se han incrementado considerablemente, pues en 2012 sólo había registro de tres y para 2015 el número llegó a 89, de acuerdo con registros del Poder Judicial capitalino.
La mayoría de las demandas son porque Google permite que su buscador ubique páginas que difunden calumnias, blogs que usurpan la identidad de personas o imágenes privadas o de menores de edad no autorizadas para su divulgación.
La resolución de la octava sala civil, en la cual fija la competencia de los tribunales mexicanos en las demandas contra Google, surgió del juicio iniciado por una denuncia que interpuso en 2015 el abogado mexicano Ulrich Richter Morales.
El litigante postulante y activista ciudadano demandó a Google por daño moral y a los directivos por ser cómplices del delito de usurpación de identidad, pues se negaron a borrar de los resultados de su motor de búsqueda la dirección de un blog que usurpa la identidad del abogado.
Richter interpuso el juicio por daño moral contra Google por permitir la difamación de su nombre a través de dicho blog, que se difunde a través del motor de búsqueda de la trasnacional.
En entrevista, Richter explicó que su blog original es ulrichrichterm.blogspot.mx, y de éste alguien generó uno pirata, cuya dirección es ulrichrichtermoraless.blogspot.mx/.
Pero es éste el primero en aparecer en el motor de búsqueda de Google.
De acuerdo con Richter, la información contenida en el blog pirata puede tipificarse en el supuesto de usurpación de identidad, establecido en el artículo 211 bis del Código Penal para el Distrito Federal, el cual contempla una pena de uno a 5 años de prisión y de 400 a 600 días de multa.
El abogado demandante responsabilizó a Lino Cattaruzzi, director general de Google México, de negarse a retirar la información con que se usurpa su identidad.