Ordena al gobierno michoacano sufragar el costo de cuotas
Jueves 21 de abril de 2016, p. 37
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó ayer a una estudiante en contra del pago de cuotas de inscripción en la Universidad de San Nicolás de Hidalgo y le ordenó al gobierno de Michoacán sufragar el costo de la inscripción semestral de la quejosa hasta que termine sus estudios universitarios.
La decisión abre la puerta para que más de un centenar de estudiantes que presentaron amparos similares –muchos de ellos fueron admitidos por la Corte con el propósito de establecer jurisprudencia– sean beneficiados para que no paguen cuotas de inscripción hasta que culminen sus carreras; además, fuentes judiciales precisaron que con la decisión será cuestión de tiempo para que el gobierno michoacano retome su obligación de garantizar la gratuidad en dicha universidad, indicado en el artículo 138 de la constitución local.
Por decisión unánime, los ministros apoyaron el proyecto elaborado por Norma Lucía Piña Hernández, el cual señala que la autonomía de la universidad no es pretexto para violar el derecho progresivo
de los estudiantes de educación superior a una mejor formación y que si se pretende aplicar una medida regresiva
que afecte a los alumnos –en este caso 420 pesos semestrales, cuando antes no lo hacía– las autoridades universitarias están obligadas a demostrar que hicieron todos los esfuerzos para obtenerlos, que aplicaron el máximo de recursos o que el dinero disponible se destinó para tutelar otra necesidad mayor.
En el caso concreto, el artículo 138 de la constitución del estado de Michoacán garantiza que la educación superior es gratuita, por lo que el gobierno del perredista Leonel Godoy firmó un convenio con la Universidad Nicolaita que lo obligaba a sufragar las cuotas de inscripción durante los años 2011y 2012; sin embargo, un año después, el gobierno estatal argumentó que no tenía recursos para extender el acuerdo por el cual la Universidad Nicolaita recibió más de 48 millones de pesos anuales por concepto de cuotas.