El INE tiene las facultades legales para ordenárselos: TEPJF
Lunes 11 de abril de 2016, p. 4
Mediante la tesis XVII/2016, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Instituto Nacional Electoral (INE) cuenta con las facultades legales para ordenar a los partidos que devuelvan al erario los recursos que les fueron entregados como financiamiento para las campañas que no sean utilizados ‘‘y cuyo gasto no se comprobó’’ por esos institutos o por los candidatos independientes.
Dicha medida es viable legalmente, aun cuando no exista una disposición expresa en la legislación electoral.
De acuerdo con la tesis que aprobaron los magistrados, con esta interpretación se fortalece la eficacia de las acciones del organismo en la vigilancia, investigación y sanción con las que cuenta. Asimismo, se consolida el procedimiento de fiscalización y la rendición de cuentas diseñados para disuadir cualquier clase de conductas que infrinjan la normativa.
Al justificar la emisión de esta tesis, el TEPJF consideró que por medio de esta vía se garantiza el uso adecuado de los recursos públicos otorgados a los partidos y candidatos independientes. En 2015, tanto en INE –algunos de sus consejeros– como en algunas organizaciones ciudadanos demandaron que el elevado monto de recursos no comprobados –alrededor de 286 millones de pesos del conjunto de los partidos– no se ejerció para el financiamiento de las campañas políticas.
La legislación electoral considera que las prerrogativas destinadas al gasto de campaña no pueden tener otro uso que el expresamente establecido, lo cual motivó que tras las campañas de 2015 arrojaran un monto muy elevado de gasto no comprobado.
Al entrar en vigor las nuevas disposiciones de fiscalización, donde se establece que el rebase de gastos de campaña es motivo para anular una elección, los partidos tendieron, en general, a reportar gastos muy debajo de lo que en años anteriores realizaban, para tener un margen de maniobra al momento en que la autoridad fiscalizadora prorrateara algunos gastos no reportados y ello derivara en la nulidad de algunos de sus triunfos.
La consecuencia fue que el monto de las prerrogativas que no se comprobó se disparó sustancialmente, lo que llevó a varios consejeros a promover la devolución de estos recursos a la Tesorería. A propuesta del consejero Benito Nacif se llevó el tema al Consejo General, que mediante una votación 6 a 5, determinó que era inviable.
‘‘Tenemos atribuciones para que los partidos cumplan con sus obligaciones y una establecida en la ley es la de que no pueden utilizar los recursos para un fin distinto a aquel para el cual se les dan’’, explicó Nacif.