Recuperó su registro luego de que se instaló el Congreso
Miércoles 13 de enero de 2016, p. 12
El Partido del Trabajo (PT) no tiene derecho a que se le asignen diputaciones plurinominales aunque haya recuperado su registro como partido político nacional, resolvió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Los magistrados de la sala superior argumentaron que la Constitución marca el primero de septiembre como la fecha para instalar el Congreso de la Unión y, por tanto, no se podía esperar el resultado de la elección extraordinaria, celebrada en el distrito 01 de Aguascalientes el 6 de diciembre pasado para asignar diputaciones por la vía plurinominal.
En la sesión que se realizó anoche, cuyo inicio se aplazó hora y media, el magistrado Pedro Esteban Penagos recordó que el Instituto Nacional Electoral asignó las diputaciones federales considerando el resultado obtenido sólo por los partidos políticos que en la elección ordinaria lograron 3 por ciento de la votación válida emitida.
En dicha elección ordinaria, el 7 de junio, el PT no alcanzó el umbral mínimo de 3 por ciento para conservar el registro como partido político nacional y fue con posteridad que el TEPJF determinó que dicho partido tenía otra oportunidad en las elecciones extraordinarias de Aguascalientes para elegir al legislador que faltaba en la Cámara de Diputados.
En dichos comicios ese partido logró 14 mil 46 sufragios, votación atípica obtenida en dicho distrito por el PT, que le permitió recuperar definitivamente su registro después de seis meses en que lo perdió y tuvo fugazmente.
“No obstante haber conservado su registro y obtenido más de 3 por ciento de la votación con posterioridad a la instalación del Congreso, no ha lugar asignarle ninguna diputación de representación proporcional, porque ello es a posteriori a la fecha que constitucionalmente quedó completamente instalado el Congreso de la Unión”, concluyó Penagos.
El magistrado presidente Constancio Carrasco argumentó que los petistas tuvieron dos oportunidades para inconformarse con los plazos y términos para la asignación de diputados por representación proporcional, pero no lo hicieron.
Los magistrados dieron la razón a dicho partido en que podrá conservar su registro y participar en las elecciones de Sinaloa, donde se le había negado dicha posibilidad al no haber alcanzado el 3 por ciento local.
Esta vez el TEPJF no transmitió la sesión en su canal de Youtube y se limitó a hacerlo en su página de Internet.