Opinión
Ver día anteriorMartes 15 de diciembre de 2015Ver día siguienteEdiciones anteriores
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Injusticia de plomo para los afectados ambientales
L

os impactos sobre el ambiente y la salud de la población no han formado parte del debate público nacional en torno al apagón analógico, como tampoco lo han sido las violaciones a los derechos a la información y a la participación social en la conducción de asuntos públicos en materia ambiental. Se trata de graves omisiones que abonan al desamparo institucional y a la impunidad que caracterizan a la justicia socioambiental mexicana.

El riesgo de daño ambiental es real. Según información oficial y científica procesada por Vías Verdes, AC (proyectoecovia.com), se estima que paulatinamente se convertirán en residuos electrónicos más de 34 millones de televisores analógicos. Los residuos en cuestión, particularmente el cinescopio de cada aparato, contienen retardantes de flama bromados y óxido plomo (en cantidades que varían entre uno a 9 kilogramos, dependiendo del modelo, pero que en promedio alcanzan casi los 2 kilos). El desensamble o destrucción del televisor es una operación necesaria para extraer un preciado anillo de cobre que también forma parte de sus elementos constitutivos. Más de 90 por ciento del peso de cada aparato corresponde a sustancias tóxicas. Lo anterior supone la liberación de cerca de 67 mil 319 toneladas de tóxicos, que se volatizan y dispersan pudiendo contaminar cuerpos de agua, suelos, aire, flora y fauna.

Por lo anterior, los componentes de los televisores deben considerarse como residuos peligrosos y gestionarse como tales. Su manejo adecuado, con miras a garantizar los derechos constitucionales a un medio ambiente sano y a la salud, requiere de normas, infraestructuras y capacitación especiales. Sin embargo, las acciones manifiestas del Estado mexicano no satisfacen las necesidades que demanda la atención responsable del problema.

El 11 de junio de 2013 fue publicado el Decreto de Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones. El decreto fue omiso en relación con el manejo de los televisores que entrarían en desuso, así como en referencia a un plan de manejo postconsumo para los novedosos televisores digitales. Lo que sucede es que originalmente el plan no era sustituir aparatos analógicos con aparatos digitales, sino mantener en uso estos últimos complementándolos con antenas y decodificadores de señal. Esta doble omisión violenta derechos fundamentales de la población y se basa en la emisión en mayo de 2014 de un Programa de Trabajo para la Transición a la Televisión Digital Terrestre, que viola las disposiciones transitorias del propio decreto de reformas a la Constitución. Si consideramos que México es el primer productor mundial de televisores digitales, entenderemos que tal cambio de planes, arbitrario y sin sustento jurídico, busca solventar con recursos públicos la sobreproducción actual de los novedosos aparatos.

La población afectada o en riesgo de afectación se encuentra indefensa al carecer de la información mínima necesaria para afrontar el problema, tampoco tiene información suficiente sobre los medios jurídico-institucionales que les permitirían acceder a la justicia, exigir sus derechos y obligar a las autoridades a corregir sus acciones y reparar los daños causados por su actuar negligente. Asimismo, el proceso de transición tecnológica ha sido gestionado de manera unilateral y de espaldas a la población, no obstante que se trata de un asunto público que impacta o impactaría en el medio ambiente y la salud de las personas expuestas o en riesgo de exposición.

Con el propósito de denunciar públicamente el actuar negligente del Estado mexicano, organizaciones de la sociedad civil, científicos y ambientalistas han depositado una petición ante la Comisión para la Cooperación Ambiental del TLCAN (http: //goo.gl/3Rcs19). Asimismo, voces como las de la Asamblea Nacional de Afectados Ambientales se han manifestado al respecto (afectados ambientales.org). La defensa del medio ambiente, la protección de la salud y la exigibilidad de los derechos a la información y a la participación social en la conducción de asuntos públicos, deben abrirse paso por el camino de la organización social y la autogestión popular, así como por la vía legal creativa a través de amparos, acciones colectivas, denuncias penales o populares y quejas de derechos humanos.

*Coordinador del Centro de Análisis Social, Información y Formación Popular. Profesor de la Facultad de Economía de la UNAM. Especialista en temas ambientales.

**Abogado y politólogo. Asesor de la Asamblea Nacional de Afectados Ambientales. Especialista en derecho constitucional, agrario y ambiental.