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La votación dividió a comisionados: cuatro contra tres

Ratifica el Inai la reserva por seis meses a datos sobre el caso Tlatlaya
 
Periódico La Jornada
Jueves 17 de septiembre de 2015, p. 9

En una votación cerrada, de cuatro votos a favor y tres en contra, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ratificó su decisión de mantener bajo reserva por seis meses toda la información vinculada con el caso Tlatlaya.

En sesión del pleno se analizaron por tercera ocasión dos recursos de revisión en los que particulares demandan a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) las bitácoras, informes, registros fotográficos y los partes militares de los hechos ocurridos el 30 de junio de 2014 en la bodega ubicada en San Pedro del Limón, municipio de Tlatlaya, estado de México, donde murieron 22 personas.

Las comisionadas ponentes Ximena Puente de la Mora, presidenta del Inai, y María Patricia Kurcyn Villalobos, reiteraron sus planteamientos de que se debe mantener la reserva de la información. Incluso, Kurcyn Villalobos reconoció que en este tema no logramos convencernos unos a otros. Sería conveniente que abundáramos más en los estudios de estas disposiciones, con el propósito de sugerir, ahora que está todavía la ley (de transparencia) en discusión, hacer sugerencias para que los senadores nos ayuden a resolver este problema.

Se expuso que particulares requirieron estos datos a la Sedena, la cual informó que la información solicitada se encuentra clasificada al estar agregada a la causa penal con la clave 338/2014, que instruye el juzgado sexto militar.

Debido a que existe un juicio ante el juzgado decimosegundo de distrito en materia administrativa en el Distrito Federal, que a la fecha continúa en trámite, se concedió la suspensión definitiva para el efecto de que las autoridades responsables se abstengan de ordenar, elaborar o entregar por cualquier medio documentos e información que integra la causa penal 338/2014, por encontrarse en etapa de instrucción, ofrecimiento y desahogo de pruebas.

Agregaron que dicha medida cautelar no suspende cualquier otro acto que no sea materia de la demanda de garantías, y estará vigente en tanto no se dicte la sentencia definitiva.

Por ello, las comisionadas ponentes, así como sus colegas Francisco Javier Acuña Llamas y Rosendo Monterrey Chepov, coincidieron con el planteamiento de que la difusión de la información solicitada puede causar un daño a la libre deliberación del juez constitucional durante el juicio de garantías e implicaría el incumplimiento a la suspensión definitiva emitida.

En contra de este planteamiento se pronunciaron los comisionados Areli Cano Guadiana, Óscar Mauricio Guerra y Joel Salas Suárez, quienes reiteraron sus planteamientos para rechazar las conclusiones del proyecto. Al respecto, el comisionado Guerra enfatizó que consideramos que en lugar de clasificar la información requerida se debió desprender los plazos para poder resolver (los recursos de revisión) hasta que este juicio de amparo tenga una resolución definitiva.