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Vencieron los plazos fijados por los legisladores para concretarla

Transparencia en el Congreso de la Unión, tema que no avanza
 
Periódico La Jornada
Lunes 14 de septiembre de 2015, p. 4

Vencidos los plazos privilegiados que los propios legisladores se confirieron, la obligación de una mayor transparencia en el Congreso de la Unión no avanza. Obligados a avalar un esquema de reorganización administrativa como preámbulo a la apertura de toda la información de sus manejos financieros y políticos, ni el Senado ni la Cámara de Diputados atendieron la disposición que ellos mismos aprobaron.

De acuerdo con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, senadores y diputados estaban obligados a adoptar decisiones encaminadas a abrir la información, previa reorganización administrativa como primer paso:

‘‘Para el efecto del cumplimiento de las obligaciones genéricas y específicas a las que se refiere la ley –dice el artículo 13 transitorio–, cada cámara del Congreso de la Unión aprobará, a más tardar el 30 de agosto de 2015, un programa de reorganización administrativa’’. En el Senado sólo se circuló un proyecto que no ha sido discutido y en la Cámara de Diputados no se ha dado un paso en esa dirección.

En días pasados la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal publicaron en el Diario Oficial de la Federación sendos acuerdos que contienen las adecuaciones al nuevo esquema de transparencia. Ambos conformaron estructuras administrativas que interactuarán con el el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

‘‘En el nuevo régimen constitucional de garantía del derecho de acceso a la información –subraya el acuerdo de reordenación administrativa de la Corte– supone que las controversias suscitadas en ese renglón serán conocidas y resueltas por el Inai, quedando sólo reservadas las de orden jurisdiccional’’. La SCJN adelanta que posteriormente aprobarán un reglamento que ordene la forma como procesarán ahora las solicitudes de información.

Para el caso de la información jurisdiccional, hay un ‘‘régimen de excepcionalidad que otorga competencia a la Corte’’, para lo cual esta instancia contempla la creación de un comité de tres ministros, a diferencia de la comisión administrativa que atenderá los otros asuntos.

En el Congreso es diferente. De acuerdo con la ley de transparencia, el mes pasado debieron aprobarse sendos programas que comprenderían al menos ‘‘las normas y los criterios para la homologación programática, presupuestal, contable y organizacional de los grupos parlamentarios; las obligaciones de las cámaras y de los grupos parlamentarios en cuanto sujetos obligados respecto de los recursos que se asignan a los legisladores.

También, el tratamiento fiscal y presupuestal de los ingresos, prestaciones, apoyos y recursos, en dinero o en especie, que reciban los legisladores para realizar la función legislativa y de gestión; el régimen laboral del personal adscrito a los grupos parlamentarios, las comisiones y los legisladores, así como las reglas relativas al uso, custodia, administración y disposición de los recursos públicos que no tengan las condiciones de dietas o contraprestaciones laborales, incluidas las modalidades de acceso’’.

Así lo subraya la ley, que concluye: ‘‘Las obligaciones genéricas y específicas que corresponden a las cámaras se harán efectivas conforme se implementen los programas de reorganización administrativa’’. La pasada legislatura (62) en San Lázaro omitió esa obligación y no hizo nada.

En el Senado, en agosto se circuló un proyecto de programa de reordenación administrativa, de ocho cuartillas (tres de ellas de consideraciones), en el que se plantean cinco acciones.

En primera instancia, la homologación programática, presupuestal, contable y organizacional de los grupos parlamentarios, cuyos recursos ahora ‘‘se considerarán ejercidos en el programa presupuestario que tiene establecido el Senado ante Hacienda’’. Los recursos que ejerzan directamente serán clasificados conforme al objeto del gasto a nivel de capítulos (servicios personales, materiales, generales, etcétera), los ‘‘cuales definen el concepto del gasto para su contabilización y rendición de cuentas’’.

El segundo rubro son las obligaciones de las cámaras y bancadas como sujetos obligados por los recursos que reciben. Según el proyecto, los grupos parlamentarios, en tanto que reciben recursos públicos a ejercerlos con transparencia y rendición de cuentas deberán establecer normas generales de apoyos administrativos.

Los otros rubros son: tratamiento fiscal y presupuestal de los ingresos, prestaciones, apoyos y recursos, en dinero o en especie, que reciban; régimen laboral de su personal y reglas relativas al uso, custodia, administración y disposición de recursos públicos que no sean dietas.

Pero ello será sólo hasta que el proyecto de reorganización administrativa sea aprobado.