Sociedad y Justicia
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Colectivo presentó el recurso luego de que un juez levantó la medida precautoria de 2013

Vigente, suspensión para la siembra de maíz transgénico tras apelación de ONG

El Poder Judicial deberá tomar la decisión definitiva al respecto, señala abogado

 
Periódico La Jornada
Viernes 28 de agosto de 2015, p. 41

La medida precautoria que suspende el cultivo de maíz transgénico en Mexico se mantiene provisionalmente hasta que haya una decisión definitiva del Poder Judicial de la Federación, informó el abogado de la Colectividad del Maíz, René Sánchez Galindo.

El pasado 18 de agosto, el juez 12 de distrito en materia civil, Francisco Peñaloza Heras, determinó levantar la medida precautoria que prohibía al gobierno la entrega de permisos para la siembra de ese grano genéticamente modificado, la cual se dispuso en 2013, cuando la ONG presentó una acción colectiva contra la siembra de maíz transgénico.

El 19 de agosto, dicho organismo presentó una apelación a la decisión judicial, con lo cual se restableció la medida precautoria. Este proceso podría llevarse entre dos y 10 meses, señaló el litigante.

Para el día 20, el mismo juez Peñaloza decidió admitir la apelación en ambos efectos, es decir, que suspende su resolución dictada dos días antes mientra se tramita la apelación. Con ello la siembra de maíz transgénico se mantiene suspendida en todo el país, indicó.

En entrevista, Sánchez Galindo sostuvo que hay al menos dos antecedentes de este tipo en el proceso de la demanda. El 18 de diciembre de 2013 y el 20 de febrero de 2014, el juzgado 12 y un tribunal de apelación (el magistrado Jaime Manuel Marroquín Zaleta) resolvieron mantener la medida suspensiva (la prohibición del cultivo de maíz transgénico), como resultado de los recursos de apelación que promovió la Colectividad del Maíz: no es la primera vez que la siembra se aplaza por una apelación.

Derechos humanos plasmados en la Constitución y en tratados

En estos casos los tribunales mantuvieron la suspensión otorgada con base en las leyes mexicanas y en los tratados internacionales, pues se trata del derecho humano a una tutela judicial efectiva, que consiste en que de nada serviría el juicio de acción colectiva si se permite sembrar millones de hectáreas de transgénicos durante la tramitación de la apelación, porque los daños serían irreversibles, explicó.

Asimismo, dijo que lo que está de fondo, jurídicamente hablando, es que el Poder Judicial de la Federación estableció que aunque la ley no permita una suspensión provisional, la gravedad del asunto y los derechos humanos contemplados en la Constitución y en los tratados internacionales sí lo permiten.

Las decisiones judiciales que desde 2013 se han dictado se sintetizan en las resoluciones del primero y el quinto tribunales colegiados en materia civil, que decretaron que la gravedad de los riesgos a la diversidad biológica y a la salud son suficientes para mantener suspendida la siembra hasta que se adopte una decisión definitiva sobre la medida precautoria, detalló Sánchez Galindo.

En el proceso de la acción colectiva, que comenzó en 2013 con la presentación de ese recurso por 20 organizaciones y 50 ciudadanos que forman parte de la Colectividad del Maíz, se han hecho alrededor de 90 impugnaciones en 17 tribunales, y el caso ha llegado hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación por una cuestión de procedimiento, explicó el abogado.

Dijo que la decisión definitiva sobre conceder o negar la suspensión de siembra de maíz transgénico no se ha tomado porque apelamos, por lo tanto aún está vigente la decisión de los tribunales colegiados de mantener provisionalmente suspendida la siembra.

En sí, aún no comienza el proceso de la demanda que debe resolver el Poder Judicial; lo que ahora está en la palestra es el asunto de mantener o no la medida precautoria que prohíbe la siembra de maíz transgénico.