En caso de desastres naturales se permitirá rebasar el tope
Martes 18 de agosto de 2015, p. 13
La iniciativa presidencial de Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios obligará a ambos niveles de gobierno a elaborar sus leyes de ingresos y proyectos de presupuestos bajo el principio básico de la disciplina financiera con proyecciones a cinco años. Incluye las reglas de la deuda estatal garantizada por la Federación, cuyo monto máximo será de 100 por ciento de sus ingresos disponibles, previo convenio con el gobierno federal.
Tras señalar que el endeudamiento responsable
es una herramienta que alienta el desarrollo, se subraya que deberá hacerse bajo la premisa de balance presupuestario sostenible
tanto de forma total como de recursos de libre disposición
dice la iniciativa del presidente, Enrique Peña Nieto enviado al Congreso.
Por ello, contempla: no podrán contratar financiamientos con fuente de pago de ingresos de libre disposición más allá del techo de financiamiento considerado en el sistema de alertas
que regulará los niveles de endeudamiento de cada estado y municipio.
Habrá tres niveles: endeudamiento estable, en observación y elevado, lo que derivará en fijar el techo de deuda que podrán contratar, salvo el último nivel que prácticamente ya no podrá acceder a mas empréstitos, salvo en caso de desastre natural.
En este rubro se define que los estados y municipios podrán incurrir en balances presupuestarios disponibles negativos previa acreditación de las razones excepcionales que lo justifiquen y la definición del monto.
Este balance negativo sólo será viable por una caída del producto interno bruto nacional que provoque reducción de participaciones federales que no pueda ser compensada con los recursos del Fondo de Estabilización de Ingresos; cuando se deba enfrentar la reconstrucción por efectos de desastres naturales. Sin embargo, también se indica que los estados deberán contar con un fondo de prevención de desastres.
La iniciativa contempla un capítulo relacionado con la intervención federal para garantizar la deuda estatal y municipal que, de entrada, fija como límite a la Federación no comprometer más allá de 3.5 por ciento del producto interno bruto (PIB).
Sólo se dará el aval previo convenio en el que estado o municipio asuma compromiso de disciplina financiera y responsabilidad hacendaria.
El límite del aval será variable a partir del convenio, pues será de 25, 50, 75 y 100 por ciento, entre el primero y cuarto año de vigencia. Estos convenios deberán ser difundidos en entidades y municipios para asegurar la transparencia del ejercicio de recursos. Sólo en el caso en el que el nivel de endeudamiento según el sistema de alertas sea elevado, la Cámara de Diputados intervendrá para definir términos y alcances.
Finalmente, la iniciativa incluye un capítulo destinado a sanciones de funcionarios que incurran en violación al nuevo marco legal que regirá el endeudamiento de estados y municipios.