Funcionarios de migración o aduanas
Sábado 23 de mayo de 2015, p. 12
Este día entra en vigor el decreto mediante el cual se permite la portación de armas a extranjeros de migración o aduanas en territorio nacional, cuando acrediten su calidad de residentes permanentes, así como a los encargados de la seguridad de un jefe de Estado o de gobierno en una visita oficial. La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) será la responsable de expedir los permisos temporales para ingreso y portación de armas en el país.
Los permisos tendrán una vigencia de seis meses y en caso de que la comisión sea mayor a ese periodo podrán renovarse semestralmente. Respecto de quienes porten armas durante una visita oficial su vigencia será durante el tiempo de la comisión.
La Secretaría de Gobernación o la Secretaría de Hacienda y Crédito Público serán las responsables de tramitar ante la Sedena los permisos de ingreso y portación temporal de armas de fuego.
La Secretaría de la Defensa Nacional podrá expedir permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego a servidores públicos extranjeros de migración o aduanas, en los casos y con los requisitos previstos (...) los cuales podrán cancelarse, sin perjuicio de aplicar las sanciones que procedan
, publicó este viernes el Diario Oficial de la Federación sobre la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.