Establecía la JLCA disminución salarial y de prestaciones
Viernes 30 de enero de 2015, p. 23
Después de cinco años, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un laudo emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) que aprobó la modificación del contrato colectivo de trabajo entre Mexicana de Aviación y los sobrecargos, que establecía la disminución salarial y de prestaciones de los trabajadores.
Los ministros consideraron que el laudo era ilegítimo, debido a que no justificó con datos duros y cifras convincentes que la crisis económica de la aerolínea se resolvería con la reducción salarial y de prestaciones de sus trabajadores.
No obstante, los ministros decidieron que es facultad de las empresas demandar la modificación de los contratos colectivos ante las autoridades laborales, siempre que demuestren que los cambios son necesarios para su saneamiento económico y mantener las fuentes de trabajo.
Por mayoría, los ministros consideraron que la JFCA –en aquel entonces, el senador panista Javier Lozano era titular de la Secretaría del Trabajo– no justificó la modificación de las prestaciones económicas de los sobrecargos ni demostró de qué manera ello solventaría la situación financiera de la aerolínea.
Incluso señaló el ministro ponente Alberto Gelacio Pérez Dayán, el laudo aseveró que la sola reducción en las prestaciones de los trabajadores eran suficientes para la viabilidad de la empresa
.
La resolución motivó división de opiniones en el interior del pleno por el impacto que tendrá para los trabajadores de la aerolínea, declarada en quiebra el 3 de abril de 2014 y que aún está inmersa en un proceso legal para confirmar o no su desaparición.
José Ramón Cossío cuestionó que se dejara carta abierta para que la JFCA emita un nuevo laudo para modificar las condiciones de trabajo, sin que se señale la obligación de la empresa a capitalizarse previamente. De otra manera, los únicos afectados serán los trabajadores.
Agregó que las eventuales liquidaciones, aún pendientes, serían mejoradas o disminuidas
en razón de cómo se afecten esas condiciones de trabajo.
Estoy de acuerdo con el amparo, pero no para que a final de cuentas se genere la posibilidad de un perjuicio mayor en las condiciones indemnizatorias
, sostuvo.
En cambio, Jorge Pardo Rebolledo afirmó que los argumentos de la empresa en su momento para modificar las condiciones de trabajo ahora ya no podrían tomarse en cuenta
, porque actualmente hay una declaración de quiebra.
No veo con qué argumentos puede darse una disminución en las prestaciones de los trabajadores bajo esta nueva perspectiva
, apuntó.
Confió, por último, en que la JFCA, en las actuales condiciones, resolvería en contra de Mexicana de Aviación.
Sobre el tema, la ministra Margarita Luna Ramos agregó: No me preocupa
, porque al invalidar el laudo, en caso de que los trabajadores sean liquidados, los pagos correspondientes serán conforme al contrato colectivo vigente, sin tomar en cuenta la disminución de sus derechos establecidos en el laudo invalidado.