Jueves 3 de julio de 2014, p. 37
Por considerar que la Ley de las y los jóvenes del Distrito Federal que aprobó la Asamblea Legislativa coloca a los menores en un estado que contravendría la norma vigente en materia civil, sobre todo en lo concerniente a la patria potestad, el jefe de Gobierno capitalino, Miguel Ángel Mancera Espinosa, la vetó.
El titular de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, José Ramón Amieva Galvéz, explicó que se recibieron observaciones de varias organizaciones, entre ellas la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), en las que se advertía que la interpretación que se da al término de entre 12 y 17 años puede generar un régimen de emancipación de las y los jóvenes a partir de los 12 años, que sería contrario a la parte de patria potestad y les deja, incluso, la toma de decisiones sin la vigilancia de los padres o tutor, lo que podría ponerlos en situación de riesgo
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Amieva Gálvez detalló que se les define como un instrumento de cambio social, cuando más que un instrumento son un colectivo formado por muchas individualidades, que tienen un rango muy superior a un mecanismo; son un actor social estratégico
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En el artículo 2 de la ley se define al joven sujeto de derecho cuya edad comprende: a) Mayor de edad, entre 18 y 29 años cumplidos, identificado como un actor social estratégico para la transformación y el mejoramiento de la ciudad; y b) Menor de edad, entre 12 y 17 años cumplidos, identificando como un actor social estratégico para la transformación y el mejoramiento de la ciudad
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Ante eso, el consejero señaló que se debe hacer una nueva definición de joven. Es importante ese periodo a partir de los 12 años, cuáles serían las condiciones sobre las que se transformarían o convertirían en este sujeto
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