Economía
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Propuesta de legislación secundaria enviada por Enrique Peña al Congreso esta semana

Empresas incluirán reservas de petróleo en estados financieros

Deberán consignar que todos los hidrocarburos del subsuelo son propiedad de la Nación

La fórmula ya funciona en Brasil; Pemex operará como empresa productiva del Estado

 
Periódico La Jornada
Domingo 4 de mayo de 2014, p. 21

Empresas privadas que participen en la exploración y explotación de petróleo, una vez que la reforma energética abrió el sector al capital privado, podrán incorporar en sus estados contables y financieros las reservas de hidrocarburo, aun cuando esos recursos serán propiedad de la nación, de acuerdo con la propuesta de legislación secundaria que hizo esta semana el presidente Enrique Peña Nieto al Congreso.

En la propuesta se estipula que las empresas que obtengan contratos de explotación podrán reportar para efectos contables y financieros la asignación y contrato correspondiente y sus beneficios esperados, siempre y cuando se afirme en las asignaciones o contratos que el petróleo y todos los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos que se encuentren en el subsuelo son propiedad de la Nación.

Se confirma que los titulares de los contratos pueden registrar el beneficio económico esperado para efectos financieros y contables, lo cual tiene que ver con la cuestión fundamental de si las reservas pueden ser registradas por los inversionistas privados, comentaron Sergio Luna y Nydia Iglesias, analistas de Banamex, respecto de la propuesta presidencial.

La reforma del año pasado a los artículos 27 y 28 de la Constitución, que abrió la puerta a la participación privada en el sector energético hasta ahora controlado por el Estado, estipula que la exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos son áreas estratégicas a cargo exclusivamente del Estado.

Con el propósito de obtener ingresos para el Estado que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la Nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos mediante asignaciones a empresas productivas del Estado (que es la nueva definición de Petróleos Mexicanos, considerada paraestatal antes de la reforma) o a través de contratos con éstas o con particulares, según la reforma.

En el artículo 45 de la iniciativa de Ley de hidrocarburos remitida por el Ejecutivo al Congreso se consigna que las empresas productivas del Estado o los particulares que obtengan de éste un contrato para exploración y extracción de petróleo podrán reportar para efectos contables y financieros la asignación o contrato correspondiente y sus beneficios esperados, siempre y cuando se afirme en las asignaciones o contratos que el petróleo y todos los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos que se encuentren en el subsuelo son propiedad de la Nación.

Como si fueran coches

En septiembre pasado, en una entrevista con La Jornada, Emilio Lozoya Austin, director general de Petróleos Mexicanos, explicó que la forma en que las empresas que participen en el sector petrolero mexicano registren los flujos esperados por las reservas de crudo es utilizada en Brasil

“Es importante decir que hoy en día las reservas no son propiedad de Pemex, sino del Estado mexicano. Seguirían siendo propiedad del Estado mexicano; en eso no hay ningún cambio. Se nos ha preguntado: ‘bueno, ¿y el tema del registro de las reservas? ¿Cómo funciona la contabilidad?’ En Brasil, por ejemplo, donde el Estado también es dueño del subsuelo, en los contratos de utilidad compartida que firma el gobierno brasileño con el privado, un privado puede registrar, no en sus activos, sino en sus notas a los estados financieros, que tiene flujos futuros esperados de un yacimiento de tantos reales o dólares. Sin embargo, se tiene que asentar en esa nota que la propiedad de las reservas es del Estado brasileño. Lo mismo sucedería en el caso mexicano”, explicó entonces el director de Pemex.

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Trabajadores en un pozo petrolero en MéxicoFoto Francisco Mata Rosas

–¿Anotarían en todo caso la expecttiva de que pueden tener un flujo?

–Es correcto, de la misma forma que una empresa que le vende automóviles a una empresa privada o al gobierno mexicano, en sus estados financieros no puede poner como un activo los coches que está vendiendo, sino lo que pondrá es que tiene un contrato para vender tantos automoviles en tantos años y tiene sus ingresos esperados, que se pueden o no materializar, porque en el caso de la geología hay una enorme incertidumbre –respondió Lozoya en esa entrevista.

Mantiene la expectativa

La propuesta de legislación secundaria mantuvo la expectativa de apertura del sector energético al capital privado que se había generado con la reforma constitucional aprobada a finales del año pasado por el Congreso, consideró Banamex.

Hay una sólida consistencia entre la importancia de la transformación del sector energético en la reforma constitucional y el contenido de la propuesta de las leyes secundarias, apuntó en un primer análisis sobre la propuesta de legislación secundaria.

Dado que la reforma constitucional representó una sorpresa positiva para los mercados, la interrogante de los inversionistas son los riesgos de que la legislación secundaria limite los alcances de la reforma. No pensábamos que fuera el caso, y la propuesta enviada este miércoles confirma nuestras expectativas, añadió.

Citó dos aspectos para sustentar esa impresión: los contratos de exploración y producción y las reglas de contenido nacional. Dichos temas, comentó, despiertan dudas frecuentemente entre los inversionistas. En los contratos para exploración y producción se determinan los papeles de la Secretaría de Energía, Hacienda y la Comisión Nacional de Hidrocarburos para el diseño, criterios de adjudicación y administración de los contratos. También establecen de manera específica que todos los contratos serán asignados por medio de procesos de licitación (no está permitida la adjudicación directa). También confirma la participación en el proceso para cualquier empresa: Pemex, compañías privadas, y también alianzas estratégicas entre ambas partes.

Por último e igualmente importante, se confirma que los titulares de los contratos pueden registrar el beneficio económico esperado para efectos financieros y contables, lo cual tiene que ver con la cuestión fundamental de si las reservas pueden ser registradas por los inversionistas privados, abundó.

En cuanto al contenido nacional, el objetivo consiste en disponer del mínimo de contenido nacional para el promedio de todas las adjudicaciones y contratos, a ser alcanzado gradualmente y bajo el monitoreo de la Secretaría de Economía.

Ambos ejemplos son relevantes, ya que en lugar de tratar de establecer las especificaciones detalladas para cada caso, la legislación secundaria tiene por objetivo determinar quiénes son los actores relevantes, con responsabilidades y metas específicas, asegurando así que la toma de decisiones permanezca flexible, atributo importante dado el grado de transformación propuesto para el sector energético, consideró Banamex.