mpulsada desde la Asamblea Legislativa como una iniciativa de ley, finalmente la ola de la armonización parece haber llegado al Distrito Federal y, además, con la mira expresamente puesta en el sistema de preparatorias de la ciudad. La llamada reforma educativa federal establece que las autoridades locales habrán de impulsar en sus respectivos ámbitos legislaciones que sean armónicas con el nuevo marco establecido por la Ley del Servicio Profesional Docente. Y tal cual, la iniciativa que ahora aparece en la ciudad de México establece que en el Instituto de Educación Media Superior (IEMS) la incorporación, promoción, reconocimiento y permanencia del personal académico, incluido el personal técnico docente, deberá sujetarse a lo dispuesto en la Ley General del Servicio Profesional Docente, cuyas disposiciones al respecto serán parte del estatuto orgánico del instituto
(artículo 35). Lo que significa que, de aprobarse, en las preparatorias del Gobierno del Distrito Federal (GDF), la SEP federal y el Instituto para la Evaluación de la Educación (INEE) serán los encargados de decidir quiénes pueden ingresar como profesores, quiénes pueden obtener un reconocimiento o promoción y quiénes, a partir de la aplicación de las evaluaciones SEP-INEE, deberán ser separados de su quehacer docente. Centralización extrema y vertical, pese al discurso de diversidad y pluralidad que acompañó al surgimiento del INEE.
No se trata, sin embargo, de sólo ese artículo en la propuesta de ley IEMS. Lo más importante es lo menos visible: que la nueva norma representa un cambio radical en el marco normativo de los docentes y administrativos del instituto. Con esta ley se anularía el decreto que en 2000 creó las prepas y definió la situación laboral de sus trabajadores con derechos, y se daría paso a una legislación que retoma la concepción del trabajo y el papel aún más subordinado del docente que impone la reforma educativa federal, en concreto, en la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD). Eso es lo que explica que, entre otras cosas, en la iniciativa de ley las y los trabajadores académicos y administrativos dejan de pertenecer al apartado A del 123 constitucional y pasan al B. Una ley local subordinada acríticamente a la LGSPD federal implica también que, en su caso, tendrá como referente disposiciones federales que, por ejemplo, añaden hasta siete nuevas causales de despido para los trabajadores académicos (artículos 69 y 74 de la LGSPD), sin responsabilidad para la autoridad. Incluso puede en un momento dado retomarse la aplicación de sanciones sin causal expresa, es decir, sujetas sólo a la discreción de los directivos del nuevo IEMS. Como lo que se consigna en el artículo 75 (LGSPD): Cuando el organismo descentralizado considere que existen causas justificadas que ameriten la imposición de sanciones, lo hará del conocimiento del presunto infractor
para que éste intente defenderse. La ley, como se sabe, elimina además toda la bilateralidad.
La ley que se propone, por otro lado, aparece en un contexto donde otros grupos de docentes de nivel medio superior están siendo exceptuados del cumplimiento de la LGSPD pues, según la ley, serán evaluados, pero de ninguna manera sancionados todos los docentes de las preparatorias particulares (artículo 25 de la LGE); quedarán además totalmente exentos todos los profesores de educación media superior de la UNAM, de la UAEM y de todas las autónomas del país (artículo 1, LGSPD), y se abrió una vía que exime también a todos los profesores de los Cecyts del IPN (artículo transitorio 20, LGSPD). Si se tiene en cuenta, por ejemplo, que estos últimos lo lograron gracias básicamente a los oficios de la directora del IPN y a la receptividad de los legisladores, los docentes del IEMS y los habitantes de la ciudad pueden preguntarse con justa razón por qué en su caso no se hacen las debidas gestiones, sino que se les aplicará todo el rigor de la ley. Porque, además, en el nuevo régimen de evaluación-sanción a cargo de la SEP-INEE, los trabajadores del IEMS no podrán contar con el apoyo de su organización sindical cuya presencia –como en la reforma educativa– definitivamente queda fuera del proceso de ingreso, promoción y permanencia.
Ante un gobierno federal que se muestra dispuesto a perseguir hasta con la Suprema Corte a la entidad que no se armonice con la LGSPD, la opción en el Distrito Federal ciertamente no es implantarla a como dé lugar, porque es muy probable que se genere un conflicto de alcances y de evolución impredecibles. Debería más bien convocarse a otras entidades federativas para hacerle al gobierno federal un respetuoso llamado a revisar una ley que ha demostrado ser excelente para exacerbar conflictos (sin alguna perceptible mejoría en la educación), de tal manera que, además de un verdadero respeto a los derechos laborales, se permitan interpretaciones diversas que reflejen las diferentes realidades locales. Lo que puede ser un primer paso en esa dirección es que los diputados que promueven esta iniciativa de ley ya hayan decidido (8 de abril) retrasar su presentación al pleno a fin de dar oportunidad a que, desde distintos ángulos y perspectivas y en foros amplios, se analice su conveniencia.
*GGM: gracias por una obra que durará más de cien años.