Se incumplieron disposiciones del Congreso y del partido: Cecilia Romero
No se respetó ni la forma ni el fondo legal, afirma la dirigente de Acción Nacional
Sábado 22 de junio de 2013, p. 5
El presidente del Partido Acción Nacional (PAN), Gustavo Madero, desconoció ayer la reforma hecha a los estatutos de su grupo parlamentario en el Senado para acotar las funciones del coordinador Jorge Luis Preciado, asumida por 23 legisladores afines a Ernesto Cordero.
Cecilia Romero, secretaria general del partido, informó a la prensa –sin aceptar preguntas– que Madero tomó providencias desautorizando la propuesta
, a petición de los senadores Javier Corral y Héctor Larios, al considerar que se incumplieron disposiciones legales del instituto político y del Congreso de la Unión. La reforma no se verificó ni en su forma ni en su fondo de manera legal
, subrayó la panista.
Ayer mismo, la dirigencia nacional del PAN notificó su decisión al coordinador del grupo para que éste a su vez notifique a los órganos correspondientes del Senado, incluida la mesa directiva, que preside justamente Cordero.
Romero dijo que la reunión convocada por los 23 senadores el miércoles pasado inclumplió con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento del Senado, los estatutos del PAN y del grupo parlamentario, así como el reglamento de las relaciones entre el partido y los funcionarios públicos por él postulados.
Procedimiento incumplido
Enfatizó que el procedimiento no cumplió con lo establecido en el inciso a del artículo 25 del estatuto del grupo parlamentario, donde se especifica que una reunión debe ser convocada a petición de 20 por ciento de los integrantes de la bancada por el coordinador y, conforme al inciso c del mismo artículo, deberá ser presidida por éste o por un vicecoordinador, en caso de que lo nombre.
Además, “el artículo 74, fracción I de la Ley Orgánica del Congreso General, indica que el coordinador del grupo parlamentario será su representante para todos los efectos.
En ese sentido, afirmamos que es el coordinador quien tiene la facultad de presentar ante la mesa directiva, entre otras muchas cosas, las reformas a los estatutos del grupo parlamentario, lo que en especie tampoco ocurrió
, afirmó la secretaria general del PAN.
Adelantó que independientemente de que el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) analice detenidamente la reforma en su próxima sesión ordinaria, prevista para el 11 de julio, conforme al artículo 10 del reglamento de las relaciones del partido con los funcionarios públicos que postule, los grupos parlamentarios están sujetos al marco legal y normatividad interna del instituto político.
El artículo 64, fracción 23, establece las facultades y los deberes del CEN (y) esta fracción expresa que a propuesta de cualquiera de sus integrantes, en este caso los senadores Héctor Larios y Javier Corral, se desautorizan las declaraciones, iniciativas, propuestas o decisiones de cualquier miembro u órgano interno cuando éstas tengan relevancia pública y resulten contrarias a sus documentos básicos o causen perjuicio a los intereses fundamentales de Acción Nacional, lo que en la especie se configura con esta decisión de los 23 senadores.
Subrayó que el proyecto de modificación al estatuto del grupo también contradice la Ley Orgánica del Congreso General, en su artículo 27, fundamentalmente, porque hace prácticamente nugatorias las funciones inherentes a la figura del coordinador parlamentario
.
Romero exhortó a los senadores y líderes del partido a emplear toda su energía en brindar apoyo incondicional a sus candidatos en el proceso electoral en curso.
Esta es la prioridad
, subrayó, y aseguró que no habrá más información, notas, columnas propiciadas desde el CEN respecto de este diferendo, hasta que concluya el proceso electoral
.
Los cambios, válidos, señala Gil Zuarth
Del ámbito senatorial, cualquier controversia, dice
Andrea Becerril
La dirigencia nacional del PAN no tiene facultades para desconocer determinaciones válidas de sus grupos parlamentarios, afirmó el senador Roberto Gil Zuarth, vocero de los 23 legisladores corderistas que modificaron el estatuto general de la bancada. Además, le recordó al presidente del partido, Gustavo Madero, que en caso de querer controvertir la validez de la reforma estatutaria ante algún tribunal, tendrá que ser contra el Senado.
Por la noche, todos los legisladores disidentes, encabezados por el ex coordinador Ernesto Cordero, emitieron un comunicado en el que insisten que las modificaciones son legales y válidas; hacen un llamado a la unidad y aclaran que no harán más declaraciones públicas sobre la confrontación interna.
Quien esté en desacuerdo con el nuevo estatuto deberá demandar al Senado, cuya mesa directiva ya avaló los cambios, sostuvo Gil Zuarth al dar respuesta al anuncio del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) panista de desconocer la reforma estatutaria.
–¿El hecho de que Cordero sea presidente del Senado genera conflicto de intereses?
–Las decisiones de la mesa directiva del Senado se toman colegiadamente –dijo, y recalcó que la reforma estatutaria fue para dar capacidad
al coordinador Jorge Luis Preciado de trabajar con la mayoría de los senadores
, dar vuelta a la hoja y centrarse en el trabajo legislativo.
Sin embargo, añadió, vemos con preocupación que hay algunos que insisten en la confrontación y la división
.
En el escrito, los senadores José Rosas Aispuro, Luisa María Calderón, Gabriela Cuevas, Adriana Dávila, Francisco Domínguez Servién, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, Martha Elena García Gómez Silva y Mariana Gómez del Campo, entre otros, aseguran que la reforma no limita las facultades y responsabilidades del coordinador.
No existe en el estatuto o el reglamento del CEN del PAN facultad para invalidar las modificaciones estatutarias del grupo parlamentario
, resaltan en el escrito signado también por Raúl Gracia, Fernando Herrera, Jorge Luis Lavalle, Salvador López Brito, Javier Lozano, Carlos Mendoza Davis, Sonia Mendoza, María del Pilar Ortega, Octavio Pedroza, Luis Fernando Salazar, Fernando Torres Graciano, Martín Orozco y Rosa Adriana Díaz Lizama.
Aclaran que la referencia al artículo 27 de la Ley Orgánica del Congreso –que hizo la secretaria general del PAN, Cecilia Romero– no es aplicable porque es una norma relativa al funcionamiento de la Cámara de Diputados.
Destacan que el artículo 25 del estatuto establece con toda claridad que el coordinador o 20 por ciento de los integrantes de la bancada pueden convocar a reunión con el propósito de discutir y, en su caso, aprobar modificaciones al mismo. La convocatoria fue suscrita por 57 por ciento del grupo parlamentario y nunca fue impugnada, por lo que adquirió plena firmeza
.
Decisión mayoritaria
Acerca de otros argumentos externados por Romero, los senadores corderistas advierten que si bien el artículo 25 establece que el coordinador o un vicecoordinador designado para este efecto debe conducir la sesión, la ausencia intencional de cualquiera de ambos en ningún caso es motivo de invalidez de las decisiones adoptadas por la mayoría
.
Invocan el artículo 4 del estatuto, que obliga a todos los senadores, incluido el coordinador, a asistir a las sesiones legalmente convocadas y a respetar el procedimiento interno establecido por el grupo para la toma de decisiones.
Responden que el artículo 29, párrafo 2, del reglamento del Senado establece que las reformas a los estatutos de los grupos parlamentarios se informan a la mesa directiva, sin exigir la intermediación del coordinador.
Conforme a la Ley Orgánica del Congreso y el reglamento del Senado, la mesa directiva ha tomado conocimiento de la modificación estatutaria y, por tanto, ha entrado en vigor, sostienen.