Lejos de lo que se especula, no restringe las garantías empresariales: Robles Montoya
privilegia derechos ciudadanos
La suspensión provisional no operará en casos de firmas de bienes concesionados, detallan
Jueves 21 de marzo de 2013, p. 11
Por unanimidad, con 102 votos en favor y cero en contra, el Senado aprobó la nueva Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales, luego de un proceso legislativo que duró dos años.
Uno de los puntos nodales de esa legislación es que la suspensión provisional no opera cuando se trata de amparos para empresas de bienes concesionados por el Estado, por lo que se considera que esta ley será fundamental en la reforma de las telecomunicaciones.
El senador perredista Benjamín Robles Montoya recalcó que se trata de una legislación garante, de defensa de los derechos humanos, muy lejos de lo que se ha especulado con relación a que restringe garantías empresariales.
Subrayó en tribuna que “esta ley privilegia la condición humana, el libre y completo ejercicio de los derechos ciudadanos y personas morales, pero también debemos aclarar que a partir de este momento no se tolerará más el abuso, el coyotaje, los abogados leguleyos, todas esas prácticas jurídicas que se han aprovechado de las bondades que ofrece esta institución de salvaguarda, que es el amparo”.
Recalcó que en la exposición de motivos se incluyó una explicación puntual del contenido del primer párrafo del artículo 165 de la misma, ya que había dudas sobre la posibilidad de que ese ordenamiento permitiera una prolongación indefinida de la privación de la libertad de los ciudadanos bajo proceso penal.
En tribuna, el presidente de la Comisión de Justicia, el panista Roberto Gil Zuarth, recalcó que es una buena ley para todos, que fue objeto de profundos y largos debates
, y ayer las dictaminadoras aceptaron las ocho modificaciones que formularon los diputados a esa reforma.
Destacó que la nueva Ley de Amparo extiende la puerta de entrada a la justicia constitucional, especialmente con la introducción de tres conceptos. Me refiero a los derechos humanos, normas generales e interés legítimo, como la nueva fisonomía del juicio de amparo
.
La presidenta de la Comisión de Gobernación, la priísta Cristina Díaz Salazar, explicó 10 temas que contiene la nueva ley, como por ejemplo, que se desarrollarán las disposiciones secundarias para que en los juicios de amparo las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad se resuelvan de manera prioritaria cuando alguna de las cámaras del Congreso o el Ejecutivo federal así lo solicite, y siempre que justifique la urgencia atendiendo al interés social o al orden público.
Asimismo, se implementaron los efectos generales de las sentencias de amparo, estableciendo que la jurisprudencia en la cual se determine la inconstitucionalidad de una norma general, con excepción en materia tributaria, tendrá efectos generales.
La senadora del PVEM, Ninfa Salinas, enfatizó que en esta nueva ley se incluyó a casas de juego y sorteos para evitar que se les conceda la suspensión provisional del amparo; se incluyó que la tramitación de un amparo se podrá hacer por Internet y firma digital; se modifica el número de precedentes para cambiar jurisprudencia, y se establece la defensa de los derechos establecidos en los tratados internacionales, en los cuales el Estado mexicano sea parte. Se turnó al Ejecutivo para su publicación.