Muchos fueron aprobados por el pleno de la Cámara en 2010
Sábado 11 de febrero de 2012, p. 5
El presidente Felipe Calderón no ha firmado leyes y decretos aprobados por el pleno camaral desde 2010, cuyo contenido debería publicarse en el Diario Oficial de la Federación para dar paso a su promulgación.
El Ejecutivo ha ignorado el decreto de la cuenta de la hacienda pública federal correspondiente al ejercicio 2002. Éste fue aprobado el 22 de abril de 2010.
En su contenido se detectaron inobservancias
a los principios básicos de contabilidad gubernamental por las entidades fiscalizadas. Los ramos generales y sectores en que se detectó el mayor número de observaciones son: energía, comunicaciones y transportes, hacienda y crédito público, educación pública y entidades paraestatales. También se advirtió entonces la urgencia de disminuir el gasto corriente del gobierno federal, que superó las expectativas en ese terreno, incluso por encima de la programación de la propia administración federal.
Otro decreto pendiente de publicación en el Diario Oficial es el de la cuenta pública federal de 2007, que también fue aprobado por el pleno camaral el 29 de abril de 2010. En esa fiscalización se detectaron 14 mil 498 inobservancias
a ordenamientos jurídicos y normativos. De 962 auditorías en los ramos de energía, gobernación, hacienda y medio ambiente, se generaron 9 mil 557 observaciones a instancias del gobierno de Vicente Fox Quesada.
También falta publicar el artículo nueve de la Ley General de Educación, que obliga a las autoridades a incluir la enseñanza inicial, especial y media superior dentro de los beneficiarios, mediante los cuales el Estado promoverá y atenderá correctamente con apoyos financieros, o bien por cualquier otro medio necesario para el desarrollo de la nación, así como el aporte a la investigación científica y tecnológica y alentar el fortalecimiento y la difusión de las culturas nacional y universal.
En el mismo caso se encuentra el decreto que adiciona una fracción novena al artículo 27 de la Ley General de Salud, para establecer como servicio básico la atención médica a los adultos mayores.
De la mano se encuentra la adición a los artículos 224 bis y 224 bis 1 de la Ley General de Salud para que la secretaría del ramo instrumente las medidas y acciones necesarias para fomentar la disponibilidad de los medicamentos huérfanos
, es decir, los destinados a la prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades consideradas raras
en la norma en la materia.
Un decreto más que espera ser publicado es el que reforma los artículos 100 y 103 y adiciona los 102 y 102 bis de la Ley General de Salud, para que toda investigación en seres humanos sobre el empleo de medicamentos que no tengan evidencia científica de su eficacia cuente con el consentimiento informado del sujeto en que se realizará el estudio.
A la lista de pendientes se agrega el decreto que reforma el artículo 4 de la Constitución, para obligar a que toda persona tenga derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a dicha prerrogativa.