Revoca uso de suelo e impacto urbano
Jueves 29 de diciembre de 2011, p. 28
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (TCADF) declaró nulos el certificado único de zonificación de uso de suelo y el dictamen de impacto urbano con los que se construyó la gasolinera en el número 4367 de la autopista México-Cuernavaca.
El pasado 18 de noviembre la primera sala del TCADF determinó que la razón legal le asiste a la parte actora
, pues el certificado de uso de suelo fue emitido por las autoridades con base en un plano “que no ha sido debidamente publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”.
La sentencia es de primera instancia y en ella también se determina la invalidez del dictamen de impacto urbano, lo cual es un revés para la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) del gobierno capitalino.
La primera sala del TCADF determinó que el certificado de uso de suelo expedido el 28 de octubre del 2010, con folio 59177-181SOKA10, carece de validez, pues en dicho documento se aprueba un uso de suelo que contraviene el Programa de Desarrollo Urbano Delegacional de Tlalpan, publicado en la Gaceta Oficial el 13 de agosto del 2010.
La diferencia entre ambos usos de suelo radica que en el primero permitiría la venta de gasolina, diesel o gas LP, en tanto el segundo únicamente avala uso habitacional y comercial.
Tras analizar las pruebas que presentaron tanto los actores –vecinos de San Pedro Mártir– como la autoridad demandada –Seduvi–, los magistrados resolvieron que la razón legal
asiste a los ciudadanos.