Sábado 22 de octubre de 2011, p. 25
Después de que Nextel aseguró que ya no hay impedimento legal para usar la frecuencia del espectro adjudicado en la licitación 21, fuentes cercanas al Grupo Salinas señalaron que estas informaciones están muy alejadas de la realidad. Precisaron que lo resuelto en esta semana por el sexto tribunal colegiado de circuito en materia administrativa fue simplemente el trámite de un impedimento para que los magistrados del decimoctavo tribunal colegiado no pudiera resolver un recurso de revisión hecho valer por Nextel, SCT y la Cofetel, en contra de la suspensión que impide a Nextel el uso de la frecuencia de la licitación 21. Grupo Salinas afirmó que al día de hoy sigue vigente la suspensión por lo que Nextel no puede hacer uso de las frecuencias, es decir, si tiene un impedimento legal para usarlas. En segundo lugar, explicó, que extrañamente el sexto tribunal colegiado
, encargado de resolver el impedimento legal de Nextel, resolvió que los magistrados del decimoctavo tribunal colegiado puedan resolver los recursos de revisión promovidos en contra de la suspensión definitiva fuera de sesión. Esta situación, agregó, resulta en una evidente violación a la ley, toda vez que conforme al procedimiento legal los recursos de revisión deben ser resueltos por el tribunal colegiado en una sesión y no fuera de ella, no existiendo razón alguna por la que el sexto tribunal colegiado resolviera en ese sentido.