Rechazan que médicos requieran ahora de una certificación para ejercer, no sólo del título
Los cambios son una flagrante violación a la autonomía de las instituciones, asegura
Viernes 14 de octubre de 2011, p. 42
Universidades de todos el país buscarán ampararse al entrar en vigor las reformas a los artículos 81, 83 y 271, así como las adiciones al artículo 272 de la Ley General de Salud, según las cuales cualquier estudiante que curse una especialidad médica deberá contar no sólo con un título expedido por una institución de educación superior, sino también con una certificación emitida por un comité normativo, pues de lo contrario no podrán ejercer su profesión
, afirmó Rafael López Castañares, secretario general de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (Anuies).
En entrevista, agregó que rectores de universidades públicas federales y estatales han considerado el decreto presidencial, aprobado por el Senado de la República y publicado en el Diario Oficial de la Federación en septiembre pasado, una flagrante violación a la autonomía universitaria
, por lo que existe un consenso total de rechazo
.
Explicó que el comité normativo es una organización civil o grupo de médicos constituidos en colegios, por lo que consideramos que es una violación a la autonomía, pues quiere decir que ahora no podemos ejercer nuestro derecho a reconocer lo que estamos formando
.
Los rectores asistentes al Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines, realizado el pasado martes, afirmó, manifestaron su abierto rechazo a la medida, pues existe mucha preocupación
. Indicó que la Anuies dio la voz de alarma en la comunidad universitaria, pues la reforma pasó casi desaparecibida por la mayoría
de las instituciones de educación superior.
Indicó que en breve se convocará a una reunión urgente con las autoridades de las secretarias de Educación Pública y Salud, así como integrantes de Anuies, para conocer los antecedentes de esta propuesta, a fin de llegar al fondo del asunto y que cada rector tome sus decisiones
.
La asociación, precisó, solicitó a las universidades públicas que, con sus equipos de abogados, revisen y valoren esta reforma, y si lo considerán necesario, que actuén en consecuencia, es decir, amparándose
.
En el acuerdo, se establece que la emisión de diplomas de especialidades médicas corresponde a instituciones de educación superior y de salud, oficialmente reconocidas ante autoridades correspondientes, pero el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas podrá supervisar el entrenamiento, habilidades, destrezas y calificación
que se requieren para la certificación y recertificación de las mismas.
Por ello, los consejos de especialidades médicas que tengan declaratoria de idoneidad y que estén reconocidos por el comité normativo, constituido por la Academía Nacional de Medicina de México y la Academía Mexicana de Cirugía y los consejos de especialidades, estarán facultados para expedir certificados de sus respectivas especialidades médicas
.