Deben especificarse funciones de supervisores y capacitadores
Jueves 21 de julio de 2011, p. 10
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Federal Electoral (IFE) detallar un artículo del reglamento de sesiones de los consejos locales y distritales con el fin de aclarar que los supervisores y capacitadores comiciales pueden ayudar, eventualmente, en el recuento de votos, pero de ninguna manera suplir al personal especializado del servicio electoral.
Así el tribunal dio como fundados, de manera parcial, los recursos de apelación promovidos por los partidos Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo y Convergencia, exclusivamente en dos de las disposiciones reformadas que a juicio de los magistrados no contribuían a dar certeza a las funciones de los supervisores y capacitadores electorales.
Durante la sesión de la sala superior, los magistrados subrayaron que es necesario especificar los alcances de estas tareas, ya que será en los consejos locales y distritales donde se procederá, en su caso, al recuento parcial o total de votos en la jornada del año próximo.
Se propone la modificación del reglamento impugnado en los términos que se precisan en el proyecto
, señala el texto, aprobado por unanimidad, el cual no fue modificado de fondo.
La magistrada presidenta, María del Carmen Alanís, dijo que esta modificación guarda armonía y privilegia el carácter de lo que significa apoyar o auxiliar a quienes presidan estos grupos de trabajo
. Es decir, en opinión de los magistrados, bastaba una redacción clara y elocuente
para atender el alegato de los partidos.
En otro tema, los magistrados desecharon los argumentos de casi 3 mil ciudadanos, adherentes panistas, que denunciaron no haber sido incluidos en la lista de electores para los procesos internos de selección de candidatos.