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Paso positivo, la decisión judicial: Federación Internacional de Derechos Humanos

Rechaza la justicia chilena condenar a 17 mapuches acusados de terroristas

De todos los enjuiciados por una ley del pinochetismo sólo sancionó a cuatro por delitos comunes

Corresponsal y agencias
Periódico La Jornada
Jueves 24 de febrero de 2011, p. 29

Santiago, 23 de febrero. La justicia chilena rehusó condenar por asociación ilícita terrorista a 17 indígenas mapuches, la mayor etnia de Chile, acusados de atacar a un fiscal y provocar incendios en 2008, y sólo sancionó a cuatro de ellos por delitos comunes.

La decisión fue tomada por los jueces ante las escasas pruebas incorporadas en el juicio para ser acusados de accionar terrorista. Así, de los 17 indígenas implicados en protestas para reclamar tierras, sólo cuatro fueron condenados anoche por delitos comunes, y 13 absueltos y dejados en libertad.

El grupo realizó una prolongada huelga de hambre el año pasado para exigir la recalificación de los delitos, y el gobierno aceptó la exigencia para que los indígenas terminaran su ayuno de 82 días, pero el Ministerio Público decidió perseverar en las imputaciones.

Los sentenciados son Héctor Llaitul, Ramón Llenaquileo, José Huenuche y Jonathan Huillical, y se les acusa de ser los autores de homicidio frustrado y lesiones en contra del fiscal del Ministerio Público Mario Elgueta y su comitiva, tras un ataque en octubre de 2008 en la localidad de Tirúa, además de que fueron hallados culpables de robo por intimidación.

Los acusados, quienes según el Ministerio Público integran la cúpula de la Coordinadora Arauco Malleco –un movimiento radical–, son pasibles de penas de hasta 15 años de prisión. Sin embargo, son condenas ostensiblemente menores a las que pedía el Ministerio Público bajo la ley antiterrorista que data de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), de hasta los 103 años de cárcel.

El tribunal informará la condena que deberán cumplir los cuatro indígenas el 22 de marzo, pero la parte querellante puede pedir la nulidad del fallo.

La ley antiterrorista, cuya aplicación a indígenas ha sido rechazada por entes de derechos humanos, triplica las sanciones frente a delitos comunes y permite mantener en prisión preventiva a los acusados por tiempo indefinido, entre otras prerrogativas.

Con este veredicto queda en evidencia que el terrorismo del que se ha acusado a los mapuches carece de todo fundamento y el Ministerio Público no puede seguir desarrollando este tipo de imputaciones, dijo José Aylwin, director del Observatorio de los Derechos Indígenas.

La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) consideró hoy que la decisión judicial chilena de no condenar por delitos de terrorismo a los 17 mapuches es un paso positivo, pero insistió en que debe reformarse la ley antiterrorista.

Si bien esta absolución representa un paso positivo, consideramos que a futuro, el Ministerio Público no debe solicitar la aplicación de la ley antiterrorista, y seguiremos insistiendo en la reforma de esta última, indicó Souhayr Belhassen, presidenta de la FIDH, con sede en París.

Además, aún subsisten motivos de preocupación pues las condenas se basan en el testimonio de un testigo protegido y en una confesión de un acusado que fue obtenida bajo tortura, lo que evidencia las debilidades de los procesos que se sustancian al amparo de la ley antiterrorista.