Pretendía el PRI que se le sancionara por la transmisión de espots
Aprueban acuerdo para fijar reglas respecto a elecciones en Edomex
Jueves 3 de febrero de 2011, p. 17
El Instituto Federal Electoral consideró infundada la queja del PRI contra el presidente Felipe Calderón por la difusión de espots del gobierno federal durante los procesos electorales locales de 2010, aunque amonestó a medios de comunicación que los transmitieron a pesar de la petición de la Secretaría de Gobernación para no hacerlo en las entidades donde había comicios. Los consejeros Marco Antonio Baños y Francisco Guerrero se opusieron al proyecto por deficiencias procedimentales
, al no haberse citado a Calderón a comparecer en las audiencias.
Al votar un acatamiento de sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ordenaba citar a comparecer a Calderón, los consejeros y representantes partidistas debatieron largamente los alcances de la resolución. Si bien para los mencionados consejeros era obligado citar a Calderón, para la mayoría –cuatro– era suficiente con que se notificara a la consejería jurídica del Presidente.
Por otro lado, el Consejo General del IFE aprobó un acuerdo del Comité de Radio y Televisión de cara a los comicios en el estado de México por medio del cual se prohíbe toda propaganda gubernamental durante el periodo de campaña –del 16 de mayo al 3 de julio– en todas las emisoras de radio y televisión cuya señal alcanza total o parcialmente el territorio del estado de México, con independencia de que estén obligadas o no a participar en la cobertura del proceso electoral
.
El consejero presidente del IFE, Leonardo Valdés, destacó que fue una solución técnica
a partir del consenso de las fuerzas políticas de impulsar un acuerdo excepcional por la condición geográfica y social del estado de México y su vinculación con la capital del país. Subrayó la importancia de que el acuerdo alcanzado deje satisfechos a todos los actores políticos involucrados.
Esta determinación implica que ninguna emisora con sede en la capital difundirá espots gubernamentales en ese periodo, por lo que la representante del PRI ante el IFE, Mariana Benítez, subrayó que se trata de un acuerdo excepcional que impedirá que durante los comicios locales se transmitan espots del gobierno federal, el capitalino y el del estado de México.
A su vez, el consejero Francisco Guerrero dijo que “de las 129 emisoras de radio y televisión con cobertura en esa entidad, únicamente la señal de 24 emisoras que operan en el DF alcanza en su totalidad a los municipios mexiquenses que conforman la zona conurbada del valle de México, por lo que estarán obligados a transmitir los promocionales pautados para el proceso electoral
.
Esto implicará que las emisoras nacionales de Televisa y Televisión Azteca no estarán obligadas a transmitir los espots de los partidos políticos, porque sus características técnicas no alcanzan a cubrir los 59 municipios conurbados de esa entidad. Aun así, sus repetidoras en Toluca deberán pautar los 48 minutos diarios destinados a las contiendas.
Sin embargo, el tema que concentró el debate fue la queja del PRI contra Calderón por los espots del gobierno federal transmitidos en el periodo de campaña en varios estados. El proyecto relacionado con un acatamiento de sentencia del TEPJF –que ordenaba citar a Calderón– calificaba de infundada la queja por considerar que la Dirección de Radio, Televisión y Cinematografía había remitido oficios a los concesionarios para que no se transmitiesen los espots en esas entidades.
Para la representante priísta remitir tibios oficios
no era suficiente para impedir la transmisión pues los promocionales estuvieron varias semanas al aire y RTC no adoptó las medidas necesarias para impedir la violación constitucional de los concesionarios. Cuestionó que la secretaría ejecutiva no citara a Calderón a comparecer a las audiencias, independientemente de que éste lo hiciera a través de su consejería jurídica.
Serían los consejeros Marco Antonio Baños y Francisco Guerrero quienes cuestionarían más enfáticamente esta deficiencia procedimental, e incluso para el primero, el IFE se estaba apartando de la resolución del TEPJF y en los hechos se trataba de una inejecución de sentencia.
La consejera Macarita Elizondo dijo que de acuerdo con la legislación, el Presidente tiene la potestad de designar a la consejería jurídica para representarlo, previa decisión expresa. Subrayó que existía un oficio mediante el cual se designaba a esta instancia para representar a Calderón, y por tanto no era obligado citar al propio Presidente, sino a través de su consejería jurídica.
Finalmente se determinó, por cuatro a dos, aprobar en sus términos el dictamen eximiendo al Presidente y amonestando a algunos medios de comunicación.