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Se excedió al avalar reserva de datos de contribuyentes: Peschard

Presenta el Ifai controversia constitucional contra la CNDH
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Jacqueline Peschard, comisionada presidenta del Instituto Federal de Acceso a la Información, al momento de entregar la demanda en la Suprema Corte de Justicia de la NaciónFoto Francisco Olvera
 
Periódico La Jornada
Sábado 23 de octubre de 2010, p. 12

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) presentó ayer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por considerar que el organismo se excedió en sus funciones.

La comisionada presidenta del Ifai, Jacqueline Peschard, acudió a la sede de la Corte para denunciar la supuesta invasión de atribuciones por la CNDH, luego de que ésta avaló que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) mantuviera bajo reserva los nombres de las personas físicas y morales que obtuvieron cancelación de créditos fiscales en 2007.

Esa decisión, argumentó la funcionaria, correspondía exclusivamente al Ifai, único organismo encargado de garantizar el derecho de acceder a información pública y de proteger datos personales, cuando sea el caso, según establece el artículo sexto de la Constitución.

Horas más tarde la CNDH emitió un comunicado, en el cual dijo respetar la decisión del Ifai, pero reiteró que su proceder estuvo apegado a derecho, como establece el artículo 102 constitucional, apartado B.

La polémica por el caso se remonta al 20 de noviembre de 2009, cuando el instituto, dirigido por Peschard, recibió una petición ciudadana para que se revelaran los nombres de individuos y empresas a los que el SAT excusó de pagar créditos fiscales.

Según datos del Ifai, eran 711 mil 626 créditos cancelados, por 73 mil 960 millones de pesos, y fueron descartados por incobrables, pues el SAT consideró que iba a resultar más caro intentar recuperar dichos recursos.

En diciembre de 2009 el órgano tributario se negó a entregar la información alegando que estaba protegida por el secreto fiscal, pero el Ifai contestó el 10 de marzo de 2010 que los beneficiarios de la cancelación no podían ser considerados contribuyentes, y ordenó de nuevo entregar los datos.

Ante esa situación, el SAT recurrió a la CNDH para que determinara si estaba violando el derecho a la privacidad y ésta emitió un procedimiento de conciliación –sin avisar al Ifai–, mediante el cual ordenó revelar el número y monto de créditos cancelados, pero no el nombre de los titulares.

El SAT aceptó la resolución del organismo, dirigido por Raúl Plascencia, y el 26 de mayo de 2010 reiteró su negativa a entregar los datos solicitados por el Ifai, por considerar que estaría violando el Código Fiscal Federal y la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.

La CNDH trastocó el esquema constitucional al invadir la competencia del Ifai, que es el único órgano autorizado para resolver peticiones sobre estos temas, afirmó Peschard.

Hubo un pronunciamiento de la Corte respecto de una reforma a la ley de transparencia en Querétaro, en el cual se estableció que las comisiones de derechos humanos no estaban legitimadas para atender el tema del acceso a la información. En ese sentido, pensamos que hay una invasión clara de competencias, subrayó.

Proteger los datos de las personas morales a quienes condonaron deudas, añadió, no es un argumento válido del SAT, ya que las empresas no tienen datos personales y, por tanto, no pueden invocar que se viola la esfera privada de nadie.