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Purgan penas de 12 a 15 años; solicita ONG revisar expedientes

Ocho mujeres de Veracruz, presas por abortar; las procesaron por homicidio
Corresponsal
Periódico La Jornada
Jueves 28 de enero de 2010, p. 30

Jalapa, Ver., 27 de enero. Nueve mujeres fueron sometidas a proceso judicial en Veracruz por abortar, en algunos casos de forma no intencional, y ocho de ellas están en prisión acusadas de homicidio calificado, informó el Instituto Veracruzano de la Mujer (IVM).

Martha Mendoza Parissi, directora del organismo, señaló este miércoles que cinco de las mujeres mencionadas ya recibieron sentencia y purgan condenas de 12 a 15 años de cárcel, por lo que se gestiona ante el Poder Judicial del estado que se revisen los expedientes y se apele a la reforma hecha el año pasado al Código Penal de Veracruz, para conmutar las penas por tratamiento médico y educativo.

La situación de las mujeres encarceladas por abortar fue dada a conocer por la organización de grupos civiles Articulación Estatal por el Derecho a Decidir, cuya representante, Aracely Saavedra, aseguró que médicos y enfermeras de la Secretaría de Salud estatal aportaron evidencias para incriminar a las procesadas.

Señaló que en al menos un caso el aborto fue por mala medicación, y una mujer murió por practicarse un legrado; además, todas las afectadas son pobres y provienen de comunidades rurales o suburbanas.

El IVM corroboró la información de Articulación Estatal. Mendoza Parissi precisó que sólo una de las nueve mujeres procesadaas está en libertad y vive en el municipio de Chocamán, en la zona centro de Veracruz.

Cinco están en el penal de Pacho Viejo, cerca de la ciudad de Jalapa; dos en el reclusorio de La Toma, en Amatlán, y una en el penal de Zongolica.

A ellas se les tipificó el delito de homicidio calificado, argumentando que, según las pruebas en su contra, el producto nació vivo y murió fuera del vientre de la madre, pero en realidad son casos de aborto, explicó Mendoza Parissi.

La funcionaria acotó que las encarceladas tienen entre 20 y 25 años de edad. Indicó que el IVM brinda asesoría jurídica a las que no han recibido sentencia, y en el caso de las sentenciadas se busca apelar del proceso y pedir que se conmute la sanción.

El 3 de diciembre pasado el Congreso local modificó el artículo 150 del Código Penal para eliminar la pena de cárcel a mujeres que se provoquen o consientan la práctica del legrado, y fijó como sanción tratamiento en libertad consistente en medidas de asistencia médica y educativa.

La retroactividad de la ley sí es factible en este caso porque beneficia al procesado. Por ello estamos apelando a los jueces y agentes del Ministerio Público para que se reconsideren los casos de estas mujeres y se cambie el delito del cual se les acusa, expuso.

A su vez, la presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Noemí Quirasco, consideró que los jueces que procesaron y sentenciaron a las mujeres presas incurrieron en una falta de sensibilidad al acusarlas de un homicidio doloso y no de aborto.