Sociedad y Justicia
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Dos de los cinco ministros se han pronunciado en favor de atraer el caso

Analiza la Corte resolver amparo de mujeres de Jalisco contra ley antiaborto
 
Periódico La Jornada
Domingo 17 de enero de 2010, p. 34

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza la posibilidad de ejercer su facultad de atracción para resolver el amparo que mujeres de Jalisco presentaron en contra de la reforma que protege y garantiza la vida de todo ser humano desde el momento de la fecundación; hasta el momento, dos de los cinco ministros que integran la sala se han pronunciado en favor de que el máximo tribunal resuelva el asunto.

Las quejosas argumentan que la nueva legislación viola los tratados internacionales firmados por México y la Norma Oficial 046 de la Secretaría de Salud que permite la interrupción legal del embarazo en caso de violación, malformación o riesgo de vida para la madre.

La ministra Olga Sánchez Cordero hizo suya la petición de las mujeres jaliscienses, por lo que en la sesión del pasado miércoles presentó un proyecto de dictamen en el que afirmaba que el asunto era de trascendencia jurídica nacional y que dada su importancia, era conveniente que el máximo tribunal ejerciera su facultad y resolviera este amparo, que es el primero de su tipo que llega a la más alta instancia.

Sin embargo, trascendió que sólo uno de sus compañeros avaló la propuesta, pues los otros tres argumentaron que hay razones jurídicas que impiden que la Corte conozca el recurso.

Señalaron que, de acuerdo con la ley de amparo, las quejosas no demostraron tener personalidad jurídica y, por tanto, no están legitimadas para presentar la demanda. Es más, confiaron los informantes, ni siquiera alguna de ellas alega estar embarazada.

Para evitar que el amparo fuera desechado, Sánchez Cordero optó por retirar el asunto y buscar la forma jurídica que le permita a la Corte salvar la limitante legal.

Al respecto, funcionarios judiciales confiaron que una alternativa sería que la Corte se pronuncie respecto a si una reforma constitucional se aplica desde el momento de su promulgación o tiene que haber un acto concreto de aplicación, para que un quejoso puede presentar una demanda.

Para el caso concreto, si los ministros entran a esta polémica y consideran que es debatible que una reforma pueda afectar a la ciudadanía con su simple aplicación, habría más posibilidades de que la sala atraiga el asunto.

Por otra parte, la reforma en Jalisco prevé sanciones de cuatro meses a un año de prisión a la madre que, voluntariamente, procure o consienta que otra persona la haga abortar. En caso de que la mujer tenga mala fama , que haya ocultado su embarazo, que sea  producto de una unión ilegítima o que se efectúe en los primeros cinco meses de embarazo, se duplicará la pena; y si se conjugan dos de éstas circunstancias, la sanción puede triplicarse.