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La ley no especifica cuáles son las conductas ilícitas, por lo que no se han aplicado penas: Valdés

El IFE alista propuesta para una sanción real al activismo de servidores públicos

Señala la necesidad de modificar el esquema de cómputo y recuento de votos para evitar conflictos

 
Periódico La Jornada
Miércoles 16 de diciembre de 2009, p. 6

El Instituto Federal Electoral (IFE) afina los últimos detalles del libro blanco de los comicios de 2009, para que en enero presente al Congreso sus propuestas para la adecuación de la legislación en la materia. Sin embargo, el consejero presidente del organismo, Leonardo Valdés, considera imprescindible que senadores y diputados aprueben la ley secundaria del artículo 134 constitucional, que regula el activismo de los funcionarios públicos.

En entrevista con La Jornada, Valdés advierte: mientras sigamos teniendo ese vacío legislativo en la materia, cada denuncia que se presente ante el Consejo General del IFE volverá a suscitar debate ante las diversas interpretaciones sobre su aplicabilidad, y siempre estará sujeta a la revisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Al esbozar los cambios que deberían aprobarse en materia electoral, Valdés destaca dos elementos que es importante incorporar: modificaciones al esquema de cómputo y recuento de votos de los comicios, y cambios que apuntalen la legislación sobre libertad de expresión, tanto a medios de comunicación como a candidatos y partidos.

–La legislación secundaria del artículo 134 es un tema imprescindible rumbo a 2012...

–Es imprescindible porque en ocasiones se han tenido que aprobar casos vinculados por un solo voto, pero siempre sujetos a revisión del tribunal, que, pensamos, también se encuentra ante la imposibilidad de conocer la legalidad de una decisión del IFE mientras no exista esa ley, por lo que tiene que acudir a la interpretación de los principios constitucionales construyendo criterios que hasta pueden ser contradictorios.

El artículo 134 constitucional regula la actividad de los funcionarios públicos al prohibir la promoción personal con dinero público; sin embargo, no se aprobó la legislación secundaria que definiera las conductas sancionables, por lo que, a pesar de las numerosas denuncias contra gobernadores, prácticamente no ha habido penalizaciones.

La aprobación de dicha ley implicaría tener el instrumento jurídico que dé certeza a la autoridad y a los funcionarios públicos sobre los alcances de sus conductas, y que tengan claro cuáles serían aquéllas que ameritarían sanciones.

Por otro lado, Valdés reconoce la necesidad de que exista mayor claridad en materia de libertad de expresión y derecho de réplica. Subraya que una de las modificaciones sustanciales de la reforma aplicada en 2009 ha sido el nuevo modelo de comunicación política, que confirió mayor equidad en el acceso a los medios de comunicación, al prohibir la contratación de espots a partidos y particulares.

El titular del IFE juzga necesaria una mayor regulación, que permita establecer aquellos casos en que los medios de comunicación electrónicos introducen menciones en noticiarios que han sido compradas y, por tanto, están prohibidas. Se requiere claridad para que los candidatos y partidos tengan su derecho de réplica cuando se inconformen con el manejo informativo.

Otro aspecto fundamental, porque probó ser vital para desactivar el conflicto poselectoral, es la regulación del cómputo distrital y el recuento de paquetes donde existan impugnaciones. “En 2009 el IFE aplicó dicha reforma, lo que le permitió abrir 42 mil paquetes –30 mil más que los ordenados por el tribunal en 2006– sin impugnaciones. Se requieren cambios para ampliar plazos y la organización del IFE”, concluyó.