Los consorcios, tras concesiones para telefonías móvil e inalámbrica fija y WiMAX
Otras empresas pagan impuestos, pero un régimen transitorio en la reforma a la Ley Federal de Derechos permitirá a las televisoras, nuevas en este giro, estar protegidas durante cinco años
Domingo 18 de octubre de 2009, p. 8
El PRI y el PAN en la Cámara de Diputados incluyeron en la iniciativa de Ley Federal de Derechos –que será aprobada antes del martes próximo– beneficios a las empresas que participarán en las nuevas concesiones de telefonía móvil, WiMAX y telefonía inalámbrica fija (entre ellas Televisa y Televisión Azteca). Esos partidos impusieron un régimen transitorio por el cual esos consorcios no pagarían impuestos como el resto de los participantes en el mercado.
La iniciativa pretende que en cinco años las empresas beneficiadas paguen derechos de la siguiente forma: 2 por ciento del total en el primero, 5 por ciento en el segundo, 10 por ciento en el tercero, 40 por ciento en el cuarto y 80 por ciento en el quinto. El argumento para favorecerlas se fundamenta en que éstas tendrán que realizar importantes inversiones durante un largo periodo, y los ahorros por el no pago de impuestos les ayudarían a solventar tal circunstancia.
El proyecto propone establecer el régimen transitorio en favor de los concesionarios de futuro ingreso al mercado, conocidos como nuevos entrantes
, para el aprovechamiento del espectro de rango de frecuencia de 1700 para telefonía móvil y frecuencia 2100 para WiMAX y telefonía inalámbrica fija.
Hasta ahora, todos los participantes en ambas frecuencias han pagado –y lo hacen– derechos por el uso y aprovechamiento del espectro. De aprobarse el proyecto en sus términos se establecerá un ejemplo, porque se abriría el privilegio de no pagar los impuestos que ordena la ley.
La propuesta coincide con la mayor escasez de recursos públicos y con la propuesta de modificar los regímenes especiales que benefician a las grandes empresas que operan mediante la consolidación fiscal, tasado en más de 700 mil millones de pesos al año.
De tal forma, al ayudar al nuevo entrante
a pagar menos al erario mediante el régimen transitorio de cinco años, se asegurarán ventajas comparativas a los inversionistas de reciente ingreso al mercado. La reforma a la Ley Federal de Derechos empata con el anuncio de la Comisión Federal de Competencia, que en días anteriores confirmó la participación de 30 nuevos competidores a la banda de 1700.
Las justificaciones
Los argumentos del proyecto de dictamen al decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la citada ley refieren que en México las telecomunicaciones muestran deficiencias por sus bajos índices de cobertura e inversión, escasa convergencia y competencia precaria.
Por tanto, se propone establecer un régimen transitorio para la imposición de derechos a quienes tengan el carácter de nuevos entrantes, por el uso, goce y aprovechamiento del espectro radioeléctrico del rango de frecuencia de 1710 a 1790 megahercios (MHz) y de 2110 a 2190, con la finalidad de permitir la inversión en los activos necesarios para la explotación de la misma, y considerando que difícilmente generarán utilidades en ese periodo
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Los legisladores de PRI y PAN se ajustan a los criterios del Ejecutivo federal en cuanto a la convergencia, la competencia y la cobertura en los servicios de telecomunicaciones, que considera necesario que existan nuevos participantes y competidores dentro de ese sector.
Estos nuevos entrantes o participantes, para ser competitivos en este sector, tendrán que llevar a cabo importantes inversiones durante un largo plazo, máxime si se toma en cuenta que la tecnología para la explotación de bandas de frecuencia de 1710 a 1790 MHz, y de 2110 a 2190 es aún muy limitada y de costos muy elevados, a diferencia de lo que ocurre con la tecnología necesaria para explotar más bandas de frecuencia
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Según ambas fuerzas políticas en San Lázaro, las inversiones generarán una importante cantidad de empleos y una derrama económica que ayudará a fortalecer la economía nacional.
Dado lo anterior, para que los nuevos participantes en las bandas de frecuencia puedan hacer frente a las cuantiosas inversiones, resulta imperante crear un régimen transitorio que incremente gradualmente el importe de los derechos a pagar para los nuevos entrantes por un plazo de cinco años siguientes a la fecha que obtengan el título o permiso respectivo.
Con tal medida, se argumenta en la exposición de motivos, se permite la entrada de nuevos participantes, pero al irse incrementando gradualmente el derecho a pagar se evita que quienes obtengan concesiones o permisos gocen de ese beneficio indefinidamente, no obstante que no hayan iniciado las inversiones necesarias para la explotación, uso y aprovechamiento de las referidas bandas del espectro radioeléctrico.
El proyecto justifica el régimen transitorio con los siguientes argumentos: Desde un punto de vista constitucional, este tratamiento no resulta violatorio de las garantías consagradas en el artículo 31, fracción IV, de nuestra carta fundamental, ya que el régimen que se propone estaría justificadamente tratando de manera desigual a quienes tienen el carácter de nuevos entrantes, que evidentemente no se encuentran en la misma situación que quienes ya se encuentran debidamente establecidos dentro del mercado, aun tratándose de las bandas de frecuenta de 1710 a 1790 MHz y de 2110 a 2190
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Y para fundamentar jurídicamente sus dichos, los diputados de ambos partidos echaron mano de la tesis Derechos por uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la nación. Elementos para determinar su proporcionalidad y equidad, de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Allí se estipuló que la proporcionalidad y equidad tributarias deben medirse a partir del grado de aprovechamiento de los bienes de dominio público de acuerdo con la naturaleza del bien, así como del beneficio aproximado obtenido por el usuario y, en su caso, de la valoración de su mayor o menor disponibilidad.