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Muere mujer por omisiones de su gobierno

Nueva recomendación de la CNDH a Ulises Ruiz
 
Periódico La Jornada
Lunes 15 de junio de 2009, p. 24

En virtud de que a la señora Beatriz López Leyva no se le proporcionaron medidas cautelares para su protección, a raíz de que sufrió un atentado en 2005, el pasado 6 de abril fue asesinada de un disparo, tras ser agredida en su domicilio, ubicado en el municipio de San Pedro Jicayán. Por ello, la Comisión Nacional de Derechos Humanos giró la recomendación 36/2009 al gobernador de Oaxaca, Ulises Ruiz; al procurador general de la República (PGR), Eduardo Medina Mora, así como al Congreso estatal.

El ombudsman nacional, José Luis Soberanes Fernández, sostiene en esa recomendación que este hecho no ha sido suficientemente investigado, ya que como resultado de sus pesquisas la CNDH reunió evidencias para comprobar que servidores públicos de la Procuraduría de Justicia estatal incurrieron en ejercicio indebido de la función pública, al no adecuar su actuación al marco jurídico que la regula durante la investigación de los atentados sufridos por la señora López Leyva.

Por esas acciones, señala la CNDH, se violaron en perjuicio de la agraviada y sus familiares los derechos fundamentales a la integridad personal, legalidad, seguridad jurídica y acceso a la justicia.

No se dictaron medidas cautelares de protección

En la recomendación, el titular de la CNDH subraya que en las investigaciones efectuadas por el órgano nacional de defensa de los derechos humanos se detectó que aunque el primer atentado contra la señora López Leyva ocurrió el 22 de julio de 2005, por más de tres años el Ministerio Público ha mantenido suspendidas las investigaciones. Asimismo, fue omiso en dictar medidas cautelares de protección y efectuar la restitución de derechos de la víctima, de acuerdo con lo entonces previsto por el apartado B del artículo 20 constitucional, al dejar a la mujer en estado de indefensión.

La CNDH resalta que el pasado 30 de abril de este año el representante social federal ejercitó acción penal en contra de una persona como probable responsable de la ejecución material del asesinato de la señora López Leyva, determinación que corresponderá, finalmente, a la instancia judicial que conoce de la causa penal respectiva. Sin embargo, se advierte que se ordenó el desglose de las constancias que integran la averiguación previa PGR/OAX- /OAX/V/209/2009, a efecto de iniciar una nueva indagatoria en que se continúe con la integración, entre otras cuestiones, de terceras personas que pudieron participar en los hechos.

Por lo que se refiere a los servidores públicos de San Pedro Jicayán, en la investigación se advierte que violaron en perjuicio de la víctima el derecho a la seguridad jurídica, por insuficiente protección de personas, derecho reconocido en los artículos 17 y 21, párrafo noveno constitucionales, derivado de la prestación indebida del servicio público, pues no se desprende de constancias de autos que hayan brindado protección a la seguridad e integridad física de la señora López Leyva.