A partir del año próximo, se realizará del 1º de marzo al 15 de junio
Viernes 24 de abril de 2009, p. 11
Al término del último periodo ordinario de sesiones de la presente legislatura en la Cámara de Diputados, la Comisión de Puntos Constitucionales acordó alargar por 15 días el trabajo de los representantes populares, al modificar los artículos 65 y 66 de la Carta Magna.
Así, a partir del año próximo, el segundo periodo ordinario comenzará el 1º de marzo y concluirá el 15 de junio siguiente. Con tal determinación, los diputados federales trabajarán siete meses y medio al año en sesiones ordinarias, y en el resto las actividades legislativas se concentrarán en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
La reforma al artículo 65, sostiene lo siguiente: el Congreso se reunirá a partir del primero de septiembre de cada año (que concluirá el 16 de diciembre), para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias, y del primero de marzo al 15 de junio.
El ordenamiento 66 de la Constitución refiere que cada periodo de sesiones durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos mencionados en el artículo anterior.
El primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese año. El segundo periodo no podrá prolongarse más allá del 15 de junio del mismo año.