México D.F. Martes 9 de noviembre de 2004
Listo en San Lázaro, dictamen para reformar Cofipe
Proponen que los mexicanos en el extranjero voten en 5 ciudades de EU
ROBERTO GARDUÑO Y ENRIQUE MENDEZ
Las comisiones de Gobernación, Población y Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados concluyeron el dictamen que proyecta el andamiaje para permitir, en 2006, el voto directo de los mexicanos en el extranjero exclusivamente para la elección de Presidente de la República en cinco ciudades de Estados Unidos, donde se instalarían centros de votación para que los migrantes puedan ejercer su derecho al sufragio.
El documento plantea elaborar una lista nominal de electores con los mexicanos que cuenten con credencial de elector y, a más tardar el 15 de enero de 2006, expresen su decisión de votar, lo cual permitiría contar con tiempo suficiente para la organización del proceso. Se prohíbe a los partidos y los candidatos realizar actos públicos de campaña y de propaganda electoral en medios de comunicación masiva fuera del territorio nacional, actividades que, en caso de efectuarse, serán consideradas como irregularidades graves.
Como parte del dictamen, que se limita a promover reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), que no son de carácter constitucional, plantea que sea el Consejo General del IFE el encargado de determinar los mecanismos, procedimientos de recepción y cómputo de votos, así como de las medidas de seguridad de la elección.
El sufragio de los mexicanos en el extranjero se efectuará sólo mediante el voto en casillas instaladas en centros de votación y, para efectos de la integración de las casillas, se establece que en junio del año anterior al de la elección, el Consejo General del IFE determinará las ciudades del extranjero que cuenten con consulado de México y tengan un padrón consular de más de 150 mil mexicanos.
La designación de las ciudades, considera la comisión, se hará tomando en cuenta aquellas en las las que habite el mayor número de mexicanos y las disposiciones presupuestales que se prevean para la votación. Aunque, de entrada, sugiere que sean las siguientes: Los Angeles, California; Chicago, Illinois; Nueva York, Nueva York; Dallas, Texas, y Phoenix, Arizona.
La redacción propuesta para el nuevo artículo 380 que se propone señala que los centros de votación "se organizarán por orden alfabético y se integrarán hasta por diez casillas y cada uno podrá atender a un máximo de 15 mil ciudadanos registrados en la lista nominal de electores para el voto en el extranjero que hayan señalado la ciudad correspondiente para emitir su voto".
Como la reforma se limita al Cofipe, sólo considera adicionar un libro noveno a dicho código y considera establecer una junta ejecutiva para el voto de los mexicanos en el extranjero como órgano ejecutivo del IFE encargado de regir el proceso electoral fuera del país e integrar los expedientes sobre las presuntas irregularidades que se cometieran, acotando que ambas facultades deberán establecerse dentro del territorio nacional.
En este punto indica que los partidos estarán obligados a abstenerse de recibir cualquier donativo del extranjero en efectivo o en especie.
La comisión considera apropiado prohibir a los partidos políticos y a sus candidatos realizar actos públicos de campaña fuera del territorio nacional y también delimita la propaganda electoral en medios de comunicación masiva a los establecidos en el país, "lo que contribuirá a generar condiciones de equidad y transparencia".
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