.
Primera y Contraportada
Editorial
Opinión
El Correo Ilustrado
Política
Economía
Mundo
Estados
Capital
Sociedad y Justicia
Cultura
Espectáculos
Deportes
Fotografía
Cartones
CineGuía
Suplementos
Perfiles
La Jornada en tu PALM
La Jornada sin Fronteras
La Jornada de Oriente
La Jornada Morelos
La Jornada Michoacán
Librería
Correo electrónico
Búsquedas
Suscripciones
Obituario

P O L I T I C A
..

México D.F. Jueves 12 de agosto de 2004

Publican "reforma de carácter fiscal" a la Ley del IMSS

Hoy entran en vigor los cambios al Seguro Social

ANGELES CRUZ

planton_vcLa reforma a la Ley del Seguro Social, que se publicó ayer en el Diario Oficial de la Federación y entra en vigor hoy, es de carácter fiscal: de financiamiento y presupuestación. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) declara que no afecta "en nada" a los actuales jubilados y pensionados ni a los trabajadores activos del organismo.

Al momento de su retiro, quienes ya laboran en el instituto gozarán de todas las prestaciones previstas en el régimen de jubilaciones y pensiones (RJP) vigente. Para cumplir con su obligación como patrón con los 380 mil empleados activos, el IMSS seguirá utilizando su presupuesto operativo para cubrir lo que haga falta, como hasta ahora.

La disposición legal no aplica tampoco para quienes previamente hayan tenido alguna relación laboral con el IMSS, como es el caso de los médicos residentes y los eventuales, puntualizan los datos proporcionados por el organismo.

En cambio, las personas que ingresen a laborar al instituto a partir de este jueves deberán aportar al fondo de pensiones "lo necesario" para que dentro de 27 o 28 años, según se trate de mujeres u hombres, puedan gozar de esas prestaciones. En los hechos, señalan los opositores a la reforma, esto implica la modificación del contrato colectivo de trabajo (CCT).

Las particularidades

De acuerdo con el decreto emitido por el presidente Vicente Fox -más rápido de lo que en el propio instituto se esperaba-, los recursos provenientes de las cuotas obrero-patronales ya no podrán destinarse al financiamiento del RJP, como ocurre en la actualidad.

La creación, sustitución o contratación de plazas deberá sujetarse a criterios de productividad, eficiencia y calidad de servicio, siempre y cuando el instituto cuente con los recursos aprobados para fondear el costo anual de sus repercusiones y costos futuros derivados del RJP.

Actualmente, para cumplir con el régimen, el IMSS-patrón aporta 21.3 por ciento de los recursos, los trabajadores 7.4 por ciento y el 71.3 por ciento restante proviene del presupuesto institucional que debería aplicarse en los servicios a los derechohabientes. Esto es lo que ya no ocurrirá con los empleados de nuevo ingreso, pues ellos mismos cubrirán con sus cuotas al fondo de pensiones el monto que ahora corresponde al último porcentaje (71.3 por ciento).

El informe de 2004 sobre la situación financiera del instituto detalla que en este año el gasto del RJP asciende a 21 mil 324 millones de pesos, de los cuales 4 mil 545 millones son aportados por el IMSS-patrón; mil 581 millones corresponden a las cuotas que los trabajadores activos dan para los jubilados del Seguro, mientras que 15 mil 198 millones de pesos son recursos adicionales que provienen del presupuesto operativo institucional.

Además, con base en la reforma legal que entró en vigor en diciembre de 2001, el instituto está obligado a acumular reservas para fondear el RJP de los trabajadores que hayan sido contratados a partir de esa fecha, las cuales ascienden este año a 5 mil 324 millones de pesos.

Un poco más de 30 mil personas han entrado a trabajar al IMSS entre diciembre de 2001 y ayer, para las cuales las autoridades todavía tienen la obligación de respaldar con las reservas financieras suficientes el futuro pago de su jubilación o pensión, en las condiciones estipuladas por el CCT vigente.

Información proporcionada por el instituto detalla que ahora el consejo técnico tendrá que realizar los cálculos actuariales para determinar el monto de las cuotas que deberán aportar los nuevos empleados, a fin de que al momento de su retiro, sin edad mínima de jubilación, puedan disfrutar de todas las prestaciones contractuales previstas en el RJP.

Actualmente los trabajadores activos aportan 3 por ciento de su salario mensual al fondo de pensiones. El IMSS subraya que los nuevos empleados estarán protegidos por el CCT, laborarán en las mismas condiciones que el resto y las condiciones para el retiro serán iguales a las que han operado hasta ahora, con las salvedades ya comentadas.

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
Día Mes Año
La Jornada
en tu palm

Av. Cuauhtémoc 1236 Col. Santa Cruz Atoyac
delegación Benito Juárez México D.F. C.P. 03310
Teléfonos (55) 91 83 03 00 y 91 83 04 00
Coordinación de Publicidad
Tels: (55) 91 83 03 00 y 91 83 04 00 Exts: 4900 y 4104

Email
Coordinación de Sistemas
Teléfonos (55) 91 83 03 11 y 91 83 03 77

Email

  © Derechos Reservados 2003 DEMOS, Desarrollo de Medios, S.A. de C.V.
Todos los Derechos Reservados. Derechos de Autor 04-2003-08131804000-203.
Prohibida la reproducción total o parcial del contenido sin autorización expresa del titular.
El título y contenido se encuentran protegidos por la legislación de la materia en la República Mexicana.