México D.F. Lunes 19 de abril de 2004
Los CSM permiten a la española elaborar
hidrocarburos, explotación reservada al Estado
Ilegal, el contrato entre Pemex y Repsol, afirma análisis
de UNAM
Se busca esconder que la petrolera foránea elabora
gas metano y productos clasificados en la petroquímica básica,
aclara El objetivo es que produzca gas y lo entregue listo para venderse
ISRAEL RODRIGUEZ
De
manera soterrada, los contratos de servicios múltiples (CSM) permiten
a la empresa española Repsol elaborar gas metano y otros hidrocarburos
como etano, propano, butano, pentano, hexano y heptano, que la ley clasifica
como pertenecientes a la petroquímica básica y cuya explotación
está reservada al Estado, revela un amplio diagnóstico de
estos contratos preparado por la Universidad Nacional Autónoma de
México (UNAM) para la Comisión de Puntos Constitucionales
del Senado de la República.
El extenso análisis asegura que no obstante que
el contrato no señala abiertamente que la empresa española
elabora y maneja gas y petroquímicos primarios, se deduce fácilmente
del clausulado de los CSM. Concluye que ante estas y otras violaciones
a la Constitución, leyes secundarias y diversas normatividades,
''el contrato Pemex-Repsol es ilegal''.
Repsol, consorcio energético que controla el mercado
del gas y petróleo en Argentina y Bolivia, ganó el 16 de
octubre de 2003 la licitación para la explotación de gas
natural del bloque Reynosa-Monterrey, en la cuenca de Burgos, localizada
entre Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas.
Posteriormente, el 14 de noviembre del año pasado
Pemex y Repsol firmaron el primer CSM, con lo que la empresa petrolera
más grande de España se comprometió a invertir 2 mil
400 millones de dólares para lograr una producción adicional
de 222 millones de pies cúbicos diarios de gas.
Sin embargo, el estudio señala que este contrato
''trata de esconder'' que el contratista (Repsol) elabora gas metano y
otros petroquímicos que la ley clasifica como pertenecientes a la
petroquímica básica.
La elaboración de esos productos derivados del
gas natural se realiza en las plantas de procesamiento, donde se hace la
separación física de los componentes del gas saturado que
se extrae de los yacimientos.
Tareas de Pemex Gas se encargan a firma extranjera
De acuerdo con la Ley Orgánica de Petróleos
Mexicanos (Pemex), dicha elaboración cae dentro del ámbito
de Pemex Gas y Petroquímica Básica, uno de los organismos
subsidiarios de la paraestatal; sin embargo, es una de las actividades
que Pemex Exploración y Producción (PEP) le encarga a Repsol.
El diagnóstico elaborado por investigadores de
la UNAM reconoce que el contrato tiene por objeto que Repsol produzca gas
y entregue a PEP un gas listo para su venta. Pero explica que para que
el gas cumpla con los requerimientos de calidad que exige la cláusula
13 del contrato, debe ser procesado hasta obtener el producto comercial
deseado. ''Ese tratamiento da lugar a gas metano (94 por ciento) pero también
a los petroquímicos básicos''.
Los especialistas que elaboraron el análisis señalan
que el contratista o Repsol procesa gas natural, pero el contrato denomina
a esa actividad ''mantenimiento''. De acuerdo con la cláusula 9.1.:
''Las obras de infraestructura incluyen... construcción e instalación
de compresores y medidores, gasoductos y cualquier planta o equipo para
el acondicionamiento del gas y control de puntos de condensación''.
A su vez, ''las obras de mantenimiento incluyen servicios de mantenimiento
a (...) instalaciones de deshidratación, de acondicionamiento de
gas y de control de puntos de condensación...''
Los expertos indicaron que la palabra ''mantenimiento''
es utilizada por Pemex para encubrir que el contratista se encargará
de la operación de unidades de deshidratación, baterías
de separación, plantas de procesamiento, así como del manejo
y distribución de gas y condensados.
Además, el concepto ''control de puntos de condensación''
es utilizado por Pemex para encubrir que se trata de una planta de procesamiento
de gas, en la que se elabora gas seco y petroquímicos básicos.
Sobre la cláusula 13.7.b. en la que se detalla:
"El contratista deberá asegurarse que el gas y condensados a ser
entregados en los puntos de transferencia cumplan con las especificaciones
para la entrega de dicho gas y condensados que se indican en el anexo G'',
el estudio de la UNAM explica que para que el gas cumpla con las especificaciones
técnicas debe ser procesado, tratado y elaborado. ''El problema
es que toda actividad de procesamiento, tratamiento o elaboración
de gas está reservadas al Estado''.
La elaboración y manejo de gas y petroquímicos
básicos por una empresa privada viola los artículos 2 y 3
de la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo
del petróleo, que a la letra dicen, artículo 2: ''Sólo
la nación podrá llevar a cabo distintas explotaciones de
los hidrocarburos que constituyen la industria petrolera, en los términos
del artículo siguiente... Artículo 3. La industria petrolera
abarca ''la exploración, la explotación, la elaboración
y las ventas del gas, así como de transporte y el almacenamiento
indispensables y necesarios para interconectar su explotación y
elaboración, y III. La elaboración, el transporte, el almacenamiento,
la distribución y la venta de primera mano de aquellos derivados
del petróleo que sean susceptibles de servir de materias primas
industriales básicas y los del gas que constituyan petroquímicos
básicos (...) etano, propano, butanos, pentanos, hexanos, materia
prima para negro de humo y metano''.
En conclusión, afirma categórico el análisis,
''el contrato Pemex-Repsol es ilegal''.
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