México D.F. Viernes 19 de marzo de 2004
Activistas denuncian que el aval de Semarnat viola leyes de protección ambiental
Funcionario federal autorizó de forma ilegal proyecto en Cancún: ecologistas
Exigen que se revise el permiso a un desarrollo turístico por afectar los manglares
ANGELICA ENCISO L.
Ante presuntas irregularidades mediante las cuales la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) autorizó la construcción de la tercera etapa del Desarrollo Costa Cancún, organizaciones ambientalistas presentaron un recurso de revisión, ya que aseguraron que hubo violaciones a la legislación ambiental.
El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), Greenpeace y Defenders of Wildlife informaron que la autorización del proyecto que el 23 de febrero concedió el director general de Impacto y Riesgo Ambiental de la Semarnat, Ricardo Juárez, va en contra de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 022 relativa a la protección de los humedales costeros en zonas de manglar, el programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio del corredor Cancún-Tulum, el artículo 34 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, donde se garantiza el derecho de todo interesado a proponer medidas de prevención y mitigación a la manifestación de impacto ambiental.
Frente a esas anomalías, indicaron las agrupaciones, el permiso se debe revocar porque Ricardo Juárez hizo una "interpretación libre" de la NOM 022, donde se restringe la posibilidad de erigir un megaproyecto turístico en la zona por ser un área de conservación con ecosistema de manglar.
Precisaron que la importancia de los manglares es tal que proporciona servicios ambientales para la pesca por alrededor de 14 mil 850 millones de dólares al año. Tan sólo en Quintana Roo favorecen la conservación del hábitat de la zona pesquera, actividad que genera alrededor de 450 millones de dólares al año.
Aseguraron que además de que el citado funcionario se "atribuyó ilegalmente" facultades de interpretación de la NOM 022 para aprobar el proyecto, ignoró las medidas de prevención y mitigación adicionales propuestas por el Cemda el 13 de octubre del año pasado, con lo que violó el artículo 8 constitucional, el principio 10 de la Declaración sobre Medio Ambiente y Desarrollo de Naciones Unidas y la Agenda 21.
Señalaron que ante esta situación, presentaron el recurso de revisión y la Semarnat debe revocar la autorización por la "flagrante ilegalidad de la autorización otorgada".
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