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México D.F. Lunes 15 de marzo de 2004

Inconstitucional auto de formal prisión, dice su defensa

Admite juez solicitud de amparo de Miguel Nazar

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Un juez federal dio entrada a la demanda de amparo indirecto que el pasado jueves interpuso la defensa de Miguel Nazar Haro, ex titular de la Dirección Federal de Seguridad (DFS), contra el auto de formal prisión que enfrenta desde el pasado 24 de febrero por su presunta responsabilidad en el delito de privación ilegal de la libertad, en su modalidad de plagio o secuestro, cometido en perjuicio de Jesús Piedra Ibarra, integrante de la Liga Comunista 23 de Septiembre y reportado como desaparecido desde 1975.

Jesús Salvador Faustro Macareno, juez quinto de distrito en materia penal con sede en Monterrey, Nuevo León, admitió a trámite la demanda de juicio de garantías que consta de 61 cuartillas tamaño oficio, por lo que en el transcurso de esta semana solicitará al juzgado cuarto de distrito de esa ciudad los documentos jurídicos (pruebas) en que se basó el órgano jurisdiccional para librar el auto de formal prisión contra el ex coordinador de la Brigada Blanca.

Asimismo, el juzgador fijó para el próximo 10 de abril la celebración de la audiencia constitucional del juicio, durante la cual serán analizados por el impartidor de justicia los alegatos jurídicos ofrecidos por los abogados de Nazar y por las autoridades judiciales.

Nazar Haro fungió como titular de la DFS durante la llamada guerra sucia de los años 70 y 80, y ahora enfrenta dos procesos penales: uno por la desaparición de Piedra Ibarra y otro por el secuestro de Ignacio Arturo Salas Obregón, quien fue visto por última ocasión en 1974, después de que fue detenido en Tlalnepantla, estado de México.

En la solicitud de amparo, a la que tuvo acceso La Jornada, sus abogados aseguran que fue inconstitucional el auto de formal prisión emitido por el juez cuarto de distrito de Monterrey, Guillermo Vázquez Martínez, pues supuestamente la detención de Jesús Piedra Ibarra (ocurrida en abril de 1975) fue legal y por eso no puede considerarse que fue secuestrado. Además, su defensa argumentó que el juzgador aplicó de manera retroactiva el delito de desaparición forzada en perjuicio de Nazar Haro.

El beneficio para el ex titular de la desaprecida DFS, en caso de obtener sentencia favorable, podría ir en el sentido de que el juez Faustro Macareno ordenara la reposición del procedimiento, es decir, que quede sin efectos jurídicos el auto de formal prisión dictado por el juzgado cuarto de distrito y se emitiera nueva sentencia (de libertad o de formal prisión).

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