México D.F. Sábado 21 de febrero de 2004
Favorece a las libertades democráticas: Martí Batres
Envía el Ejecutivo la iniciativa para despenalizar difamación y calumnia
ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ
El jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, envió ayer a la Asamblea Legislativa la iniciativa para derogar del Código Penal los delitos de difamación y calumnia.
Dicha propuesta, señaló el subsecretario de Gobierno, Martí Batres Guadarrama, representa un avance significativo en el ejercicio de las libertades democráticas, particularmente de la libertad de expresión y el derecho a la información.
López Obrador aclaró que se elaboró esta iniciativa al considerar que en la ciudad hay suficiente madurez y responsabilidad para que sea la misma sociedad la que defina los límites de esas libertades democráticas. Y en el caso de los medios de comunicación, agregó, "siempre hemos sostenido que la prensa se regula con la prensa" y cada vez hay más profesionalismo, más objetividad y mejor criterio para tratar los asuntos de la colectividad.
"Además, la misma sociedad se encarga de poner a todos en su lugar; si hay amarillismo, la gente de inmediato se da cuenta, deja de informarse en el medio que opta por el escándalo, pero en este caso es preferible que haya libertades a pensar en aplicar mordazas bajo cualquier argumento", apuntó.
Batres refirió que la mayoría de códigos penales de los estados de la República incluyen ambos delitos, al igual que la mayoría de las legislaciones de los países del mundo, de manera que Jamaica es el único país de América donde no se penalizan la calumnia y la difamación, lo que hace de ésta una propuesta "de gran avanzada" en México.
Dijo además que, como delitos, tanto la difamación como la calumnia tienen inoperancia práctica, porque son muy escasas las denuncias por esas causas y, en general, cuando no son denuncias en contra de periodistas, se trata de problemas entre particulares, principalmente entre vecinos, y en esos casos la vía penal no es la adecuada para defender el honor y la reputación de las personas, sino la vía civil. El funcionario recordó que en el Código Civil del DF, los artículos 1916 y 1916 bis establecen la reparación del daño moral cuando se afectan los sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación o vida privada de una persona.
Indicó que actualmente, cuando se presenta alguna denuncia por calumnias o difamación, "entra en operación el aparato de procuración y administración de justicia, y consideramos que esto es un exceso del Estado".
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