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México D.F. Martes 4 de noviembre de 2003

Pesa en el ánimo de los ministros el hecho de que el asunto es "cosa juzgada"

Espera hoy el GDF respuesta de la Corte

La mayoría considera que la petición de López Obrador es "notoramiente improcedente"

JESUS ARANDA

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidirá hoy si es procedente la petición del jefe de Gobierno capitalino, Andrés Manuel López Obrador, de que el máximo tribunal integre una comisión que investigue los presuntos actos de corrupción en torno al caso del Paraje San Juan.

azuela_mariano 1Según trascendió, la mayoría de ministros considera que la solicitud es "notoriamente improcedente" porque no se configura la existencia de graves violaciones a las garantías individuales.

Y aunque se diera el caso de que el pleno reconociera la personalidad jurídica de López Obrador para fundar su petición con base en el artículo 97 constitucional, ello no obliga a los ministros a atender la solicitud.

El precepto citado señala: "la Suprema Corte podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros o algún juez de distrito o magistrado de circuito, o designar a uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo federal o alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, o el gobernador de algún estado, únicamente para que averigüe la conducta de algún juez o magistrado federal; o algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual".

Cabe recordar que, inicialmente, López Obrador presentó la solicitud por medio de una misiva dirigida al presidente del máximo tribunal, Mariano Azuela; sin embargo, éste desechó la petición al considerarla "notoriamente improcedente", en razón de que, según el artículo 97 constitucional, el jefe de Gobierno "no es gobernador de un estado" y por tanto su petición era inatendible.

Ante la negativa, el mandatario capitalino interpuso un recurso de revisión, el cual fue turnado a la primera sala, que preside el ministro ponente de este asunto, Juan N. Silva Meza, quien dada la importancia del asunto decidió turnar el caso al pleno de ministros.

Además de las razones que discutan los ministros en la sesión de hoy para determinar la procedencia de la petición, pesará en el ánimo del pleno el hecho de que el asunto es legalmente "cosa juzgada". Es decir, el 5 de junio de 2002 la primera sala ordenó a la juez cuarta de distrito en materia administrativa B, Gabriela Rolón, que mediante avalúo determinara el monto correspondiente para que el Gobierno del Distrito Federal indemnice a Enrique Arcipreste del Abrego por la expropiación del predio llamado Paraje San Juan, cuya extensión es de 298 hectáreas.

Posteriormente, la juez dictó resolución y fijó una indemnización de mil 810 millones de pesos; sin embargo, el 14 de octubre pasado, ante el cuarto tribunal colegiado en materia administrativa, el gobierno capitalino interpuso un recurso de revisión sobre el monto fijado.

Sobre el particular, los ministros tienen claro que aun cuando el tribunal colegiado confirmara la cifra a pagar, el gobierno capitalino tiene aún la posibilidad de que en un juicio de inejecución de sentencia, ante la propia Corte, presente las pruebas necesarias para demostrar que el monto de la indemnización es exagerado y consiga reducir la cantidad.

Respecto del problema planteado por López Obrador de que hubo irregularidades en la adjudicación de la propiedad del Paraje San Juan, así como una serie de actos de corrupción que derivaron en la indemnización multimillonaria, es difícil que los ministros decidan crear una comisión que investigue el asunto, toda vez que consta que en un oficio sin número, fechado el 28 de marzo de 1993, el entonces secretario general de Gobierno del Departamento del Distrito Federal, Marcelo Ebrard, reconoció expresamente el derecho de propiedad del señor Arcipreste Nouvel sobre el Paraje San Juan, mismo que después le habría heredado a su hijo Enrique.

Posteriormente, el 7 de diciembre de 1995, el regente Oscar Espinosa Villarreal reconoció de nueva cuenta el derecho de propiedad.

De acuerdo con la documentación que sobre el caso conoció la primera sala de la Corte, ninguno de los documentos relacionados con la propiedad del inmueble fue impugnado por el Gobierno del Distrito Federal. El único recurso que se interpuso fue en 1998, el cual tuvo que ver con la sobreposición de predios; sin embargo, esto quedó solucionado una vez que el señor Arcipreste notificó al juzgado que aceptaba el pago del terreno que no tuviera litigio alguno.

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